I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-14977)
Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, y se convoca la selección de entidad colaboradora para los ejercicios 2022 a 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221
Miércoles 15 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 112448
ANEXO I
Modelo de convenio entre Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
y la entidad colaboradora a los efectos del presente Real Decreto
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la entidad
colaboradora ........................................ para la gestión de las subvenciones plurianuales
para el periodo 2022-2025 destinadas a las asociaciones de criadores oficialmente
reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación,
mejora y fomento de las razas ganaderas, reguladas mediante el Real Decreto 794/2021,
de 14 de septiembre.
Madrid, ..... de ........................ de .............
PARTES INTERVINIENTES
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se suscribe el presente convenio de
colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio y ámbito de aplicación.
El objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de
cve: BOE-A-2021-14977
Verificable en https://www.boe.es
1. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) del
Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el
Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, o el que en un futuro sustituya y derogue a
éste, le corresponde a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, entre
otras, la función de desarrollar las competencias del departamento en materia de
conservación, selección, mejora, reproducción y material genético de las especies
ganaderas, actuando este Ministerio en el presente acto al amparo del artículo 149.1.13.ª
de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases
y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
2. Que el Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre, establece y convoca el
procedimiento de selección de una entidad colaboradora para la gestión de las
subvenciones destinadas a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento
de las razas ganaderas.
3. Que conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, la entidad colaboradora seleccionada firmará un convenio con el Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación en el que se regularán las condiciones de
participación y las obligaciones asumidas por ésta con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 15 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4. Que la entidad anteriormente mencionada reúne los requisitos establecidos para
ser entidad colaboradora en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en las bases
reguladoras y en la convocatoria, y ha sido designada en la resolución de concesión de
la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios de fecha …….., previa
valoración por el órgano de evaluación.
Núm. 221
Miércoles 15 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 112448
ANEXO I
Modelo de convenio entre Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
y la entidad colaboradora a los efectos del presente Real Decreto
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la entidad
colaboradora ........................................ para la gestión de las subvenciones plurianuales
para el periodo 2022-2025 destinadas a las asociaciones de criadores oficialmente
reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación,
mejora y fomento de las razas ganaderas, reguladas mediante el Real Decreto 794/2021,
de 14 de septiembre.
Madrid, ..... de ........................ de .............
PARTES INTERVINIENTES
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se suscribe el presente convenio de
colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio y ámbito de aplicación.
El objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de
cve: BOE-A-2021-14977
Verificable en https://www.boe.es
1. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) del
Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el
Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, o el que en un futuro sustituya y derogue a
éste, le corresponde a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, entre
otras, la función de desarrollar las competencias del departamento en materia de
conservación, selección, mejora, reproducción y material genético de las especies
ganaderas, actuando este Ministerio en el presente acto al amparo del artículo 149.1.13.ª
de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases
y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
2. Que el Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre, establece y convoca el
procedimiento de selección de una entidad colaboradora para la gestión de las
subvenciones destinadas a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento
de las razas ganaderas.
3. Que conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, la entidad colaboradora seleccionada firmará un convenio con el Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación en el que se regularán las condiciones de
participación y las obligaciones asumidas por ésta con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 15 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4. Que la entidad anteriormente mencionada reúne los requisitos establecidos para
ser entidad colaboradora en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en las bases
reguladoras y en la convocatoria, y ha sido designada en la resolución de concesión de
la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios de fecha …….., previa
valoración por el órgano de evaluación.