II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública. (BOE-A-2021-14928)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 112112

2.2 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de
las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo.
2.3 La fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer
ejercicio se celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2.4 El desarrollo de los diferentes procesos selectivos podrá ser coincidente en el
tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, período de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como funcionario de carrera.
3.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
4.

Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Ingeniero de Montes, o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada,
según establecen las directivas comunitarias, al finalizar el plazo de presentación de
instancias.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en
el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho
Comunitario.
5.

Solicitudes

5.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, los aspirantes deberán realizar la presentación de la solicitud por medios
electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de
Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
5.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
5.3 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
5.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así

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Núm. 220