III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Centros educativos. (BOE-A-2021-14965)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se dictan instrucciones para el funcionamiento, con carácter excepcional y temporal, de aulas de primera acogida, evaluación e inmersión lingüística, para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en centros públicos de educación secundaria en la Ciudad de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Martes 14 de septiembre de 2021

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Octava. Seguimiento y evaluación.
La Dirección Provincial junto a los directores de los centros efectuará el seguimiento
y la evaluación del funcionamiento de las aulas y del progreso general del alumnado.
El Consejo Escolar del centro valorará el desarrollo de las actuaciones derivadas de
la aplicación de esta Resolución y emitirá un informe para información y seguimiento de
la Comunidad Educativa, correspondiendo a los equipos docentes de cada instituto la
evaluación individual y grupal de los alumnos.
Disposición final primera.

Aplicación.

Se autoriza a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, a dictar las
instrucciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente resolución.
Disposición final segunda.

Efectos.

La presente resolución entrará en vigor y surtirá efectos el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-14965
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 10 de septiembre de 2021.–El Secretario de Estado de Educación, Alejandro
Tiana Ferrer.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X