III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2021-14912)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convocan los Premios Reina Letizia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 111795
continuidad y replicabilidad, en el campo de las tecnologías de la información y la
comunicación, en adelante TIC, accesibles que faciliten la igualdad de oportunidades la
no discriminación de las personas con discapacidad, la inclusión tecnológica y/o mejoren
la calidad de vida de las personas con discapacidad.
El proyecto candidato debe haber comenzado la fase de ejecución/comercialización
en la fecha de publicación de la convocatoria. Las líneas fundamentales de esta
categoría se centran en el fomento de las TIC accesibles, en la disminución de la brecha
digital o en la puesta en marcha de iniciativas empresariales, sociales de desarrollo,
fabricación o servicios que incorporen un elevado nivel de uso de TIC cuyos productos
y/o servicios mejoren la calidad de vida de las personas con discapacidad.
1.5 «Premio Reina Letizia de cultura inclusiva». Tiene como finalidad el
reconocimiento de una creación o interpretación artística puesta de manifiesto a través
de una obra o una actuación hecha o representada, que exprese o encarne
artísticamente los valores de la diversidad humana que supone la discapacidad o la
realización de un proyecto cultural, entendiendo como tal, una iniciativa de índole cultural
o con incidencia cultural, que haya destacado de forma especial en la promoción,
fomento y extensión de la cultura inclusiva.
Esta categoría persigue reconocer las iniciativas que aseguren el derecho a la cultura a
las personas con discapacidad, conforme se entiende en el Pacto Internacional de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Convención Internacional sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
1.6 «Premio Reina Letizia de deporte inclusivo». Tiene como finalidad el
reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no
inferior a tres años, en la promoción, fomento y extensión del deporte inclusivo, o el
reconocimiento de una trayectoria personal o de equipo en la práctica del deporte
paralímpico, que contribuya a poner en valor las capacidades que presentan las
personas con discapacidad
Esta categoría pretende contribuir a los mandatos recogidos en el artículo 30 -Participación
en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte- de la Convención
Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad.
1.7 «Premio Reina Letizia de defensa de los derechos de las personas con
discapacidad». Tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada
a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a cinco años, por la que puedan
acreditarse logros extraordinarios en el conocimiento, la difusión, la toma de conciencia,
el despliegue y la aplicación efectiva de la Convención Internacional sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad.
Apartado 3.
Requisitos de las candidaturas.
Los requisitos de las candidaturas de cada una de las categorías de los premios
serán los siguientes:
3.1 «Premio Reina Letizia de investigación». Esta categoría tiene dos modalidades:
1. Tener nacionalidad española o residencia legal en España, en el caso de
personas físicas.
2. Tener domicilio social en España, en el caso de personas jurídicas.
3. Ser autor/a o gestor/a, personal o institucional, de los trabajos constitutivos de
las candidaturas.
cve: BOE-A-2021-14912
Verificable en https://www.boe.es
a) En la modalidad española podrán presentar candidatura las personas físicas o
jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 111795
continuidad y replicabilidad, en el campo de las tecnologías de la información y la
comunicación, en adelante TIC, accesibles que faciliten la igualdad de oportunidades la
no discriminación de las personas con discapacidad, la inclusión tecnológica y/o mejoren
la calidad de vida de las personas con discapacidad.
El proyecto candidato debe haber comenzado la fase de ejecución/comercialización
en la fecha de publicación de la convocatoria. Las líneas fundamentales de esta
categoría se centran en el fomento de las TIC accesibles, en la disminución de la brecha
digital o en la puesta en marcha de iniciativas empresariales, sociales de desarrollo,
fabricación o servicios que incorporen un elevado nivel de uso de TIC cuyos productos
y/o servicios mejoren la calidad de vida de las personas con discapacidad.
1.5 «Premio Reina Letizia de cultura inclusiva». Tiene como finalidad el
reconocimiento de una creación o interpretación artística puesta de manifiesto a través
de una obra o una actuación hecha o representada, que exprese o encarne
artísticamente los valores de la diversidad humana que supone la discapacidad o la
realización de un proyecto cultural, entendiendo como tal, una iniciativa de índole cultural
o con incidencia cultural, que haya destacado de forma especial en la promoción,
fomento y extensión de la cultura inclusiva.
Esta categoría persigue reconocer las iniciativas que aseguren el derecho a la cultura a
las personas con discapacidad, conforme se entiende en el Pacto Internacional de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Convención Internacional sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
1.6 «Premio Reina Letizia de deporte inclusivo». Tiene como finalidad el
reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no
inferior a tres años, en la promoción, fomento y extensión del deporte inclusivo, o el
reconocimiento de una trayectoria personal o de equipo en la práctica del deporte
paralímpico, que contribuya a poner en valor las capacidades que presentan las
personas con discapacidad
Esta categoría pretende contribuir a los mandatos recogidos en el artículo 30 -Participación
en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte- de la Convención
Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad.
1.7 «Premio Reina Letizia de defensa de los derechos de las personas con
discapacidad». Tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada
a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a cinco años, por la que puedan
acreditarse logros extraordinarios en el conocimiento, la difusión, la toma de conciencia,
el despliegue y la aplicación efectiva de la Convención Internacional sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad.
Apartado 3.
Requisitos de las candidaturas.
Los requisitos de las candidaturas de cada una de las categorías de los premios
serán los siguientes:
3.1 «Premio Reina Letizia de investigación». Esta categoría tiene dos modalidades:
1. Tener nacionalidad española o residencia legal en España, en el caso de
personas físicas.
2. Tener domicilio social en España, en el caso de personas jurídicas.
3. Ser autor/a o gestor/a, personal o institucional, de los trabajos constitutivos de
las candidaturas.
cve: BOE-A-2021-14912
Verificable en https://www.boe.es
a) En la modalidad española podrán presentar candidatura las personas físicas o
jurídicas que cumplan los siguientes requisitos: