II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Destinos. (BOE-A-2021-14838)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 111135
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
14838
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de
Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino
al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas
convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia, esta Dirección General ha resuelto adjudicar
destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I al personal
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrado
funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 1
de septiembre de 2021, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
El personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se
otorga destino en esta Resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante la persona
responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente
antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos,
por cuadruplicado ejemplar, previamente por el Servicio de Recursos Humanos de la
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Segundo.
Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar a la Dirección General de Relaciones
con la Administración de Justicia o del órgano competente correspondiente a su destino
cve: BOE-A-2021-14838
Verificable en https://www.boe.es
El personal funcionario destinado en virtud de esta Resolución que opte por continuar
en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, no será necesario que se
desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del
plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comunique en su caso, a la
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia dicha opción, a los
efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal
de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 111135
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
14838
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de
Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino
al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas
convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia, esta Dirección General ha resuelto adjudicar
destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I al personal
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrado
funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 1
de septiembre de 2021, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
El personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se
otorga destino en esta Resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante la persona
responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente
antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos,
por cuadruplicado ejemplar, previamente por el Servicio de Recursos Humanos de la
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Segundo.
Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar a la Dirección General de Relaciones
con la Administración de Justicia o del órgano competente correspondiente a su destino
cve: BOE-A-2021-14838
Verificable en https://www.boe.es
El personal funcionario destinado en virtud de esta Resolución que opte por continuar
en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, no será necesario que se
desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del
plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comunique en su caso, a la
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia dicha opción, a los
efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal
de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.