II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Destinos. (BOE-A-2021-14837)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219

Lunes 13 de septiembre de 2021

Sec. II.A. Pág. 111132

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
14837

Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Justicia,
del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se
otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las
pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia, esta Dirección General ha resuelto adjudicar
destinos en los órganos judiciales que se relacionan en anexo I a los funcionarios del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de
carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 1 de septiembre
de 2021, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su
cargo ante el responsable del órgano judicial de destino dentro del plazo de veinte días
hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
«Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado
Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con
suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido
remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por esta Dirección General.
Segundo.

Tercero.
En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios
en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia
Territorial o Comunidad Autónoma correspondiente a su destino como funcionarios del
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido

cve: BOE-A-2021-14837
Verificable en https://www.boe.es

Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o al de Auxilio Judicial y que opten por
continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a
tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que, dentro del plazo de
toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen a esta Dirección
General dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en
el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la
resolución por la que se le declare en situación de excedencia voluntaria será remitida al
Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al
servicio de la Administración de Justicia.