III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-14815)
Resolución de 13 de agosto de 2021, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias y la Fundación Enaire, para la organización conjunta del "Simposio de la Oaci de asistencia a las víctimas de accidentes de aviación y sus familiares, 2021".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Sábado 11 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 110838

Todos los servicios y actividades se ofrecerán de acuerdo con lo establecido en el
MoU con la OACI referido en el expositivo segundo, y estarán sujetos al presupuesto
establecido en la cláusula cuarta.
Adicionalmente se asumirán por las partes, todas las demás actividades que se
definan conjuntamente en la reunión o reuniones de la Comisión de Seguimiento del
presente Convenio, atendiendo a la relevancia de las personalidades asistentes y su
seguimiento a través de los medios de comunicación.
Todas las actividades del programa institucional compartirán ciertos elementos
estéticos diseñados como parte de la organización del evento, así como cualquier otro
elemento de diseño que pueda pactarse en la Comisión de Seguimiento del presente
Convenio.
La representación institucional de personalidades y otros cargos se decidirá caso por
caso.
Tercera.

Desarrollo de los procedimientos de contratación.

Las partes acuerdan que la licitación, adjudicación y formalización de los contratos
vinculados a cada uno de los tipos de actividades programadas sea realizada por cada
una de las partes que tenga asumida dicha tarea. No obstante lo anterior, la Comisión de
Seguimiento del Convenio se asegurará que no exista duplicidad en los pliegos y la
relación entre todas las actividades responda al mismo criterio estético y modelos
predefinidos.
Cuarta.

Aportaciones económicas de las partes.

Para financiar las mencionadas actividades, el presupuesto aportado por cada una
de las partes será el siguiente:

Cada entidad asumirá los costes expresamente incurridos en su ámbito de
actuaciones. Las empresas adjudicatarias de los contratos emitirán las correspondientes
facturas individualizadas a cada una de las partes, por los importes que les corresponda
asumir en función de los conceptos y repartos anteriormente señalados en la cláusula
segunda, debiéndose abonar dentro de los plazos regulados en la normativa de
contratación pública.
Si como consecuencia del desarrollo del contrato se modificara el importe de alguno
de los conceptos indicados en los puntos anteriores, la variación se repercutirá a cada
una de las partes firmantes en la cuantía que corresponda.
En el caso de que se cuente con patrocinios diferentes a las partes, estos donativos,
donaciones u otras aportaciones o ayudas económicas obtenidas, se articularán de
forma general a través de la Fundación ENAIRE, la cual no adquiere obligaciones en la
búsqueda de dichos patrocinios. Las entidades donantes de estas aportaciones
económicas podrán estar total o parcialmente en disposición de acogerse a los
beneficios fiscales establecidos en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de Régimen
Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo,
para lo cual Fundación ENAIRE, en su caso, emitirá la correspondiente certificación a
cada entidad.

cve: BOE-A-2021-14815
Verificable en https://www.boe.es

– Dirección General de Aviación Civil: 60.000 euros, con cargo al concepto
presupuestario 17.34.455M.226.06 del Presupuesto de Gasto de la Dirección General de
Aviación Civil para 2021.
– Fundación ENAIRE: 25.000 euros, con cargo al concepto presupuestario
Conferencias y Jornadas del Presupuesto de Gastos de Fundación ENAIRE para 2021.
En ningún caso la aportación económica de Fundación ENAIRE será superior a 25.000
euros.
– Consejería de Obras, Transportes, y Vivienda del Gobierno de Canarias, la
provisión de los servicios mencionados en la cláusula segunda se valora en 60.000
euros comprometidos con cargo a las aplicaciones procedentes.