II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2021-14809)
Orden SND/948/2021, de 8 de septiembre, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2021 para el acceso en el año 2022, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Sábado 11 de septiembre de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE SANIDAD
Orden SND/948/2021, de 8 de septiembre, por la que se aprueba la oferta de
plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2021 para el acceso en el año
2022, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones
universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia,
Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.

La Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 22.5 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de
las profesiones sanitarias, atendiendo a las propuestas realizadas por las comunidades
autónomas y previo informe de la Comisión Delegada de Enfermería, del Consejo
Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud y del Ministerio de Universidades,
ha fijado la oferta de plazas a incluir en la convocatoria de pruebas selectivas 2021 para
iniciar la formación sanitaria especializada en el año 2022.
Revisada la oferta y de conformidad con lo previsto en el artículo 22.6 de la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, se procede a la aprobación definitiva de la misma, así como, las bases
de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria
especializada a las personas con grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia,
Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.
Para la aprobación de la presente orden se ha tenido en cuenta, sin perjuicio de las
peculiaridades que en cada caso correspondan en la normativa vigente, además de lo
dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre y en el Real Decreto 183/2008, de 8 de
febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud
y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria
especializada, lo dispuesto en la Orden de 27 de junio de 1989, por la que se establecen
las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de Formación
Sanitaria Especializada; en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se
establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones
universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional; en el Real
Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería; en el Real
Decreto 578/2013, de 26 de julio, por el que se establecen medidas de acción positiva
aplicables a las personas con discapacidad que participen en las convocatorias anuales
de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, en
desarrollo del artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre; y en la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y su normativa de desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 44/2003, de 21 de
noviembre, se establece que las personas que participen en las pruebas selectivas de
Formación Sanitaria Especializada, se relacionen obligatoriamente a través de medios
electrónicos, en los supuestos que establece esta orden.
La presente orden ha sido informada por la Comisión de Recursos Humanos del
Sistema Nacional de Salud y por el Ministerio de Universidades.
De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1041/2020, de 24 de noviembre,
por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real
Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales,
corresponde a la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del

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