III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. (BOE-A-2021-14794)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, conjunta de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales y la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se establece el procedimiento de selección de candidaturas para el Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Cuarto.

Sec. III. Pág. 110457

Procedimiento de selección.

1. Para la designación de los candidatos se constituirá un Comité de selección. El
Comité de selección tendrá la naturaleza de grupo de trabajo de los previstos en el
artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas.
El cometido del Comité de selección será la propuesta de hasta tres candidaturas
para el GREVIO, que serán trasladadas al Consejo de Europa a través del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, con vistas a su valoración final por el
Comité de las Partes del Convenio de Estambul, de acuerdo con lo dispuesto en la
Resolución CM/Res (2014) 43 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, relativa a
las reglas de procedimiento de elección de los miembros del GREVIO.
2. El Comité examinará los curriculum vitae recibidos y podrá realizar, en su caso,
las entrevistas que estime necesarias para examinar la idoneidad de las personas
candidatas.
3. El Comité tendrá en cuenta los principios de equilibrio de género, asegurando la
pluralidad de perfiles profesionales relacionados con los ámbitos cubiertos por el
Convenio.
4. La referida idoneidad será determinada teniendo en cuenta los siguientes
criterios, indicados por los Estados Parte en la Resolución CM/Res (2014) 43 del Comité
de Ministros del Consejo de Europa, relativa a las reglas de procedimiento de elección
de los miembros del Grupo de Expertos sobre la lucha contra la violencia contra las
mujeres y la violencia doméstica:
– La experiencia profesional y el prestigio nacional e internacional de su trayectoria.
Se valorará particularmente la experiencia profesional en los siguientes ámbitos:
sanitario, legal y de atención a víctimas de violencia contra las mujeres y violencia
doméstica.
– La disponibilidad para la realización de sus funciones de forma efectiva, en
términos de tiempo y capacidad para participar en las reuniones y otras actividades del
GREVIO.
– La suficiente acreditación del conocimiento de, al menos, uno de los idiomas
oficiales del Consejo de Europa, ya sea inglés o francés, y de otros idiomas de los
Estados Parte del Convenio. Se valorará el conocimiento de ambos idiomas oficiales.
– La capacidad de trabajar en equipo en un entorno internacional en el que estén
representados varios sistemas legales.
– Que su independencia, imparcialidad e integridad estén fuera de toda duda.
5. El Comité de selección propondrá hasta tres candidaturas, en el plazo de diez
días hábiles desde el transcurso del plazo para la presentación de candidaturas, para su
traslado al Consejo de Europa, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, con vistas a su valoración final.
Publicación de la convocatoria y presentación de candidaturas.

Esta convocatoria será publicada en la página web del Ministerio de Igualdad. La
presentación de candidaturas se podrá realizar desde el mismo día de dicha publicación
hasta el plazo mencionado en el apartado tercero.
Asimismo, se dará traslado de esta convocatoria a las organizaciones que trabajan
en los sectores cubiertos por la Convención, para su conocimiento y difusión entre sus
asociados y colaboradores.
Madrid, 8 de septiembre de 2021.–La Secretaria de Estado de Igualdad y contra la
Violencia de Género, Noelia Vera Ruiz-Herrera.–La Secretaria de Estado de Asuntos
Exteriores y Globales, Ángeles Moreno Bau.–El Secretario de Estado de Justicia, Pablo
Zapatero Miguel.

cve: BOE-A-2021-14794
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.