III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-14792)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la realización de las estadísticas del movimiento natural de la población y defunciones según la causa de muerte.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 110435
los datos registrales contenidos en el sistema (actualmente INFOREG) gestionado por la
DGRN.
– Los ficheros mensuales de defunciones podrán provenir, bien del escaneo y
grabación de documentos en papel, bien de la integración de información registral
(actualmente aplicación INFOREG) y de certificados médicos de defunción digitales, bien
de la grabación en el Punto Neutro Judicial de las defunciones con intervención judicial,
bien de la integración de información registral y la grabación por parte de los Institutos de
Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) de las causas de muerte de las
defunciones judiciales mediante la aplicación IML-Web.
Los ficheros mensuales del mes m estarán disponibles para la Consejería de
Hacienda y la Consejería de Salud en una base de datos centralizada antes del final del
mes m+2.
Cuando el suceso se haya recogido mediante un documento en papel, la imagen
escaneada se incorporará también en un banco de imágenes (ImagINE) que contiene las
imágenes escaneadas de los boletines CMD/BED, de los BEDJ (Boletín Estadístico de
Defunción con Intervención Judicial), y de los boletines estadísticos de partos y
matrimonios. El acceso a las imágenes se realizará mediante una aplicación de
visualización proporcionada por el INE. Mientras no sea posible la descarga masiva de
las imágenes correspondientes a cada lote de trabajo, el INE facilitará a la Consejería de
Hacienda y a la Consejería de Salud dichas imágenes encriptadas y la base de datos
necesaria para su lectura en cualquier otro soporte con la misma periodicidad y plazos.
El acceso a la base de datos será por medio de una aplicación web segura. Esta
aplicación permitirá la modificación de los datos individuales y también la descarga de
los ficheros mensuales por lotes de registros, para poder realizar las correspondientes
tareas de depuración descritas más adelante y volverlos a incorporar utilizando la misma
aplicación. El procedimiento permitirá la opción de trabajar con otros sistemas de trabajo
usados por los órganos de la comunidad autónoma. La mencionada aplicación permitirá
la visualización simultánea de datos alfanuméricos y de las imágenes, cuando las haya.
La Consejería de Hacienda podrá acceder mensualmente a los registros relativos a
fenómenos ocurridos dentro del ámbito territorial de su comunidad autónoma. También
se facilitará acceso a ficheros mensuales de los sucesos ocurridos fuera de la misma,
correspondientes a los residentes del Principado de Asturias mediante la descarga de un
fichero, pero sólo a efectos de consulta. Entre dichos sucesos se incluirán, junto a las
defunciones de residentes y matrimonios donde cualquiera de los cónyuges sea
previamente residente, los nacimientos de hijos de residentes y los matrimonios cuya
residencia matrimonial sea el Principado de Asturias.
Para que la Consejería de Salud, pueda llevar a cabo las actuaciones que le
corresponden, el INE facilitará, en las mismas condiciones que a la Consejería de
Hacienda, acceso a las defunciones y a los partos de nacidos muertos y de nacidos
vivos que viven menos de 24 horas. En los casos en que estos sucesos se hayan
informado mediante documento en papel, el INE enviará también los boletines
correspondientes a la Consejería de Salud.
Los diseños de registro de los ficheros mensuales correspondientes a cada una de
las estadísticas figuran en el anexo del Convenio. Estos diseños no podrán modificarse
sin acuerdo de las partes y se programarán con suficiente tiempo para que ambas
adapten sus sistemas de trabajo. Los diseños de registro también especifican cuales son
las variables registrales (las que se registran en los correspondientes asientos de los
Registros Civiles) y las no registrales (solo tienen uso estadístico).
El INE tiene implantado un sistema automatizado para la codificación automática de
la causa de muerte, basado en la utilización de la herramienta informática IRIS, que ha
sido promovido por la Oficina Estadística de la Unión Europea (Eurostat) y que pondrá a
disposición de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para que ésta pueda
cumplir con los compromisos establecidos en este Convenio. El INE coordinará el
mantenimiento de las reglas de normalización y de los diccionarios del sistema, y los
actualizará periódicamente.
cve: BOE-A-2021-14792
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 110435
los datos registrales contenidos en el sistema (actualmente INFOREG) gestionado por la
DGRN.
– Los ficheros mensuales de defunciones podrán provenir, bien del escaneo y
grabación de documentos en papel, bien de la integración de información registral
(actualmente aplicación INFOREG) y de certificados médicos de defunción digitales, bien
de la grabación en el Punto Neutro Judicial de las defunciones con intervención judicial,
bien de la integración de información registral y la grabación por parte de los Institutos de
Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) de las causas de muerte de las
defunciones judiciales mediante la aplicación IML-Web.
Los ficheros mensuales del mes m estarán disponibles para la Consejería de
Hacienda y la Consejería de Salud en una base de datos centralizada antes del final del
mes m+2.
Cuando el suceso se haya recogido mediante un documento en papel, la imagen
escaneada se incorporará también en un banco de imágenes (ImagINE) que contiene las
imágenes escaneadas de los boletines CMD/BED, de los BEDJ (Boletín Estadístico de
Defunción con Intervención Judicial), y de los boletines estadísticos de partos y
matrimonios. El acceso a las imágenes se realizará mediante una aplicación de
visualización proporcionada por el INE. Mientras no sea posible la descarga masiva de
las imágenes correspondientes a cada lote de trabajo, el INE facilitará a la Consejería de
Hacienda y a la Consejería de Salud dichas imágenes encriptadas y la base de datos
necesaria para su lectura en cualquier otro soporte con la misma periodicidad y plazos.
El acceso a la base de datos será por medio de una aplicación web segura. Esta
aplicación permitirá la modificación de los datos individuales y también la descarga de
los ficheros mensuales por lotes de registros, para poder realizar las correspondientes
tareas de depuración descritas más adelante y volverlos a incorporar utilizando la misma
aplicación. El procedimiento permitirá la opción de trabajar con otros sistemas de trabajo
usados por los órganos de la comunidad autónoma. La mencionada aplicación permitirá
la visualización simultánea de datos alfanuméricos y de las imágenes, cuando las haya.
La Consejería de Hacienda podrá acceder mensualmente a los registros relativos a
fenómenos ocurridos dentro del ámbito territorial de su comunidad autónoma. También
se facilitará acceso a ficheros mensuales de los sucesos ocurridos fuera de la misma,
correspondientes a los residentes del Principado de Asturias mediante la descarga de un
fichero, pero sólo a efectos de consulta. Entre dichos sucesos se incluirán, junto a las
defunciones de residentes y matrimonios donde cualquiera de los cónyuges sea
previamente residente, los nacimientos de hijos de residentes y los matrimonios cuya
residencia matrimonial sea el Principado de Asturias.
Para que la Consejería de Salud, pueda llevar a cabo las actuaciones que le
corresponden, el INE facilitará, en las mismas condiciones que a la Consejería de
Hacienda, acceso a las defunciones y a los partos de nacidos muertos y de nacidos
vivos que viven menos de 24 horas. En los casos en que estos sucesos se hayan
informado mediante documento en papel, el INE enviará también los boletines
correspondientes a la Consejería de Salud.
Los diseños de registro de los ficheros mensuales correspondientes a cada una de
las estadísticas figuran en el anexo del Convenio. Estos diseños no podrán modificarse
sin acuerdo de las partes y se programarán con suficiente tiempo para que ambas
adapten sus sistemas de trabajo. Los diseños de registro también especifican cuales son
las variables registrales (las que se registran en los correspondientes asientos de los
Registros Civiles) y las no registrales (solo tienen uso estadístico).
El INE tiene implantado un sistema automatizado para la codificación automática de
la causa de muerte, basado en la utilización de la herramienta informática IRIS, que ha
sido promovido por la Oficina Estadística de la Unión Europea (Eurostat) y que pondrá a
disposición de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para que ésta pueda
cumplir con los compromisos establecidos en este Convenio. El INE coordinará el
mantenimiento de las reglas de normalización y de los diccionarios del sistema, y los
actualizará periódicamente.
cve: BOE-A-2021-14792
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 217