III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 110029

En cuanto a los tipos de interés aplicados, todas las emisiones de deuda pública y el 69 % de los
saldos vivos relativos a préstamos a largo plazo devenga intereses a tipo fijo. El resto de las
operaciones vivas devengan un tipo de interés variable. Tres de los préstamos a largo plazo han
sido objeto de operaciones de permuta financiera de tipos de interés habiéndose intercambiado
interés variable por fijo.
Respecto a las citadas operaciones de cobertura, la CAR mantenía vivas a 31 de diciembre de
2018 tres operaciones de permuta financiera de tipos de interés (swap fijo contra variable)
concertadas en 2010, 2013 y 2016 y cuyo vencimiento se producirá en 2023, 2025 y 2022,
respectivamente.
Como consecuencia de la evolución descendente de los tipos de interés de referencia,
especialmente a partir del año 2012, las operaciones de cobertura han generado en 2018 un gasto
global de 2.459 miles de euros.
En cuanto a su registro contable, se ha comprobado que los gastos generados en 2018 en una de
las operaciones de cobertura, por un importe total de 579 miles de euros, no han sido
debidamente contabilizados en la aplicación 1101.0111.349 “Compra de opciones y utilización de
instrumentos de cobertura de tipos”, sino en el concepto correspondiente a los intereses de la
operación cubierta por el importe neto de intereses y cobertura. Este procedimiento de registro es
contrario al principio de imputación presupuestaria recogido en el PGCP de La Rioja, según el cual
los gastos presupuestarios deben imputarse de acuerdo a su naturaleza económica y la finalidad
que con ellos se pretende conseguir.
En el anexo II.2-6 se detallan las emisiones de deuda pública efectuadas por la CAR, con
indicación del saldo pendiente a 31/12/2018 valorado a coste amortizado. En el anexo II.2-7 se
indica, por entidades, el número de operaciones de préstamo mantenidas en 2018, así como el
capital pendiente de amortizar a 31/12/2018.
II.6.5.1.4. Cumplimiento de los límites al endeudamiento financiero
Las limitaciones para la concertación de operaciones de endeudamiento financiero se recogen a
nivel general en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y en
la LOEPSF y a nivel particular en la LP de la CAR para 2018 y en los acuerdos adoptados por el
Consejo de Ministros y el CPFF. Adicionalmente, en 2015 y nuevamente en 2018, la Comunidad
se ha adherido al compartimento de facilidad financiera del Fondo de Financiación a Comunidades
Autónomas regulado mediante RDL 17/2014, lo que implica el cumplimiento de las condiciones
recogidas en esta norma.
A) LEYES DE PRESUPUESTOS, RDL 17/2014 Y LOEPSF
Respecto al cumplimiento de las previsiones y limitaciones establecidas en las LP de la CAR, en
el RDL 17/2014 y en los acuerdos y normas sobre estabilidad presupuestaria para la formalización
de operaciones de endeudamiento a largo plazo en el ejercicio 2018, cabe destacar que la única
operación formalizada ha correspondido al préstamo contratado con el Instituto de Crédito Oficial
(ICO) en calidad de agente financiero de la Administración General del Estado respecto a los
recursos del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas. Mediante Resolución de 26 de
diciembre de 2017, la Secretaría de Estado de Hacienda aceptó la solicitud de adhesión al fondo
presentada por la CAR. El 23 de febrero de 2018, el Consejo de Gobierno de La Rioja autorizó la
contratación del préstamo de deuda a largo plazo con el ICO al amparo del RDL 17/2014.
Respecto a las operaciones a corto plazo formalizadas en el ejercicio, el informe elevado al
Gobierno por el MH el 13 de octubre de 2017 establecía el cumplimiento por la CAR de los
objetivos de déficit público y deuda pública y la regla de gasto en el ejercicio 2016, por lo que la

cve: BOE-A-2021-14785
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Núm. 217