III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109979

c) Dentro de la rúbrica “Otro inmovilizado material” se incluyen una serie de cuentas con un saldo
conjunto al 31 de diciembre de 2018 de 219.672 miles de euros, cuyo desglose se recoge en el
siguiente cuadro:
Cuadro 16. Desglose de “Otro inmovilizado material” a 31 de diciembre de 2018
(miles de euros)
Otro inmovilizado material

Saldo a 31-12-18

(214)

Maquinaria y utillaje

82.092

(216)

Mobiliario

69.119

(217)

Equipos procesos de información

43.257

(218)

Elementos de Transporte

16.623

(219)

Otro inmovilizado
Total otro Inmovilizado material

8.581
219.672

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por las entidades fiscalizadas

Como se ha puesto de manifiesto en el epígrafe II.3.2, no se dispone de manuales o instrucciones
internas en relación con la formación, actualización y valoración de los inventarios de bienes
muebles y derechos de propiedad incorporal, competencia que tiene atribuida cada Consejería por
la Ley de Patrimonio de la CAR, de modo que los registros de inventario elaborados por las
distintas unidades presentan mucha heterogeneidad y son incompletos. Un 10 % de los bienes
muebles e incorporales incluidos en el inventario general figuraban con un valor nulo, al tratarse
de elementos de elevada antigüedad. Asimismo, no se han realizado de forma periódica conteos,
comprobaciones físicas y actualizaciones de todos los elementos inventariados, ni revisiones del
valor de estos activos. Estas deficiencias y salvedades no cuantificables afectan a la
representatividad de los activos registrados en esta rúbrica.

Por otra parte, el art. 21 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y
Artístico de La Rioja prevé que todos los bienes encuadrados en la misma sean objeto de
anotación en el correspondiente Registro General del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de
La Rioja, cuya gestión corresponde a la Consejería competente en materia de cultura, debiendo
existir una coordinación con la Consejería competente en materia de Patrimonio, a los efectos de
asegurar la coordinación con el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAR. En la
fiscalización, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha facilitado unos listados sin
valoración con un total de 63 bienes denominados “Bienes de Interés Cultural”, dentro de los
cuales se encuentran los nueve elementos señalados en el párrafo anterior, que no pueden tener
la consideración de Inventario del Registro General del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico.

cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es

d) Los bienes del patrimonio histórico presentaban un saldo en el balance a 31 de diciembre de
2018 de 34.692 miles de euros. Estos bienes, a excepción de nueve elementos por un valor de
3.323 miles de euros, no figuraban incluidos en el Inventario general de bienes y derechos de la
CAR pese a que la DA segunda de la Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la CAR
establece que los bienes de titularidad autonómica incluidos en el Inventario del Registro General
del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja constarán con esa calificación en el
Inventario General de Bienes y Derechos.