III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109978
información facilitada por el Servicio de Protección y Defensa del Patrimonio, se han detectado, al
menos, otros 168 bienes cedidos a la CAR por el Estado, con un valor de adquisición de 70.335
miles de euros, que también deben ser objeto de regularización y registro. Estas actuaciones,
como se ha explicado, no han tenido reflejo en la contabilidad patrimonial, habiéndose informado
en la fiscalización que serán regularizadas una vez esté plenamente operativa la mencionada
plataforma de gestión del inventario, actualmente en fase de implementación, tal como se ha
expuesto con más detalle en el epígrafe II.3.1. La correcta contabilización de estas operaciones
supone el reflejo en las rúbricas de inmovilizado de acuerdo a la naturaleza de los bienes
recibidos y el consiguiente aumento del patrimonio en dicho importe.
Por otro lado, nueve bienes cedidos por la Administración del Estado a la CAR que figuraban sin
valorar en el anexo del RD 848/1985, de 30 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la CAR en materia de conservación de la naturaleza continúan sin
estar registrados ni en el Inventario general de bienes y derechos, ni en la contabilidad financiera.
La CAR no facilitado información sobre estos bienes4.
- Se han detectado, al menos, 62 inmuebles que fueron cedidos por la CAR a terceros y que no
han sido objeto de registro contable de acuerdo a las normas contables recogidas en el PGCP de
La Rioja, encontrándose a 31 de diciembre de 2018 sobrevaloradas las rúbricas de inmovilizado y
los resultados de ejercicios anteriores por un importe neto contable de, al menos, 32.450 miles de
euros.
4
Los nueve bienes señalados que fueron transferidos de la Administración del Estado a la CAR en el RD 848/1985 son
los siguientes: a) Oficina del Servicio Provincial situada en la c/Belchite número 2 de Logroño; b) Garaje-almacén
situado en la C/ General Primo de Rivera número 15 de Logroño; c) Garaje-almacén situado en la C/ Villegas número 38
de Logroño; d) Vivero "La Fombera" situado en Logroño; e) Vivero "AlbeIda" situado en AlbeIda de Iregua; f) Refugio de
pescadores “Río Urbión” situado en Viniegre de Abajo; g) Refugio de pescadores "Junta de los Ríos”, situado en
Lumbreras; h) Refugio de vigilancia e incendios “Nido de Cuervos” situado en Hornlllos; i) Refugio de vigilancia e
incendios situado en Alcaresa.
cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es
b) Respecto a las infraestructuras, la ausencia de unos registros de inventarios impide determinar
si el saldo contable existente al cierre del ejercicio fiscalizado refleja la situación patrimonial de
esos activos. El criterio seguido para su contabilización en el activo del balance ha sido tomar los
datos obtenidos de la ejecución presupuestaria del capítulo 6 “Inversiones Reales”.
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109978
información facilitada por el Servicio de Protección y Defensa del Patrimonio, se han detectado, al
menos, otros 168 bienes cedidos a la CAR por el Estado, con un valor de adquisición de 70.335
miles de euros, que también deben ser objeto de regularización y registro. Estas actuaciones,
como se ha explicado, no han tenido reflejo en la contabilidad patrimonial, habiéndose informado
en la fiscalización que serán regularizadas una vez esté plenamente operativa la mencionada
plataforma de gestión del inventario, actualmente en fase de implementación, tal como se ha
expuesto con más detalle en el epígrafe II.3.1. La correcta contabilización de estas operaciones
supone el reflejo en las rúbricas de inmovilizado de acuerdo a la naturaleza de los bienes
recibidos y el consiguiente aumento del patrimonio en dicho importe.
Por otro lado, nueve bienes cedidos por la Administración del Estado a la CAR que figuraban sin
valorar en el anexo del RD 848/1985, de 30 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la CAR en materia de conservación de la naturaleza continúan sin
estar registrados ni en el Inventario general de bienes y derechos, ni en la contabilidad financiera.
La CAR no facilitado información sobre estos bienes4.
- Se han detectado, al menos, 62 inmuebles que fueron cedidos por la CAR a terceros y que no
han sido objeto de registro contable de acuerdo a las normas contables recogidas en el PGCP de
La Rioja, encontrándose a 31 de diciembre de 2018 sobrevaloradas las rúbricas de inmovilizado y
los resultados de ejercicios anteriores por un importe neto contable de, al menos, 32.450 miles de
euros.
4
Los nueve bienes señalados que fueron transferidos de la Administración del Estado a la CAR en el RD 848/1985 son
los siguientes: a) Oficina del Servicio Provincial situada en la c/Belchite número 2 de Logroño; b) Garaje-almacén
situado en la C/ General Primo de Rivera número 15 de Logroño; c) Garaje-almacén situado en la C/ Villegas número 38
de Logroño; d) Vivero "La Fombera" situado en Logroño; e) Vivero "AlbeIda" situado en AlbeIda de Iregua; f) Refugio de
pescadores “Río Urbión” situado en Viniegre de Abajo; g) Refugio de pescadores "Junta de los Ríos”, situado en
Lumbreras; h) Refugio de vigilancia e incendios “Nido de Cuervos” situado en Hornlllos; i) Refugio de vigilancia e
incendios situado en Alcaresa.
cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es
b) Respecto a las infraestructuras, la ausencia de unos registros de inventarios impide determinar
si el saldo contable existente al cierre del ejercicio fiscalizado refleja la situación patrimonial de
esos activos. El criterio seguido para su contabilización en el activo del balance ha sido tomar los
datos obtenidos de la ejecución presupuestaria del capítulo 6 “Inversiones Reales”.