III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109937
deudores y acreedores, así como proceder a la elaboración de un manual de procedimientos
contables en el que se normara el registro de las operaciones no presupuestarias, en el
marco del sistema contable auxiliar que tiene implantado la Administración de la Comunidad.
– Definir los criterios y establecer los cálculos oportunos para determinar en cada
ejercicio los saldos deudores de dudoso cobro.
– Realizar una adecuada planificación presupuestaria que haga posible atender sin
dificultad las necesidades de gasto previstas para cada ejercicio corriente, de manera
que la liquidación presupuestaria recoja la totalidad de obligaciones y derechos
devengados en el ejercicio en cumplimiento del principio de anualidad presupuestaria.
– Reforzar los mecanismos de coordinación existentes, con los recursos ya
disponibles, entre la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la
Administración General de la Comunidad y las unidades económicas responsables de
las empresas y fundaciones autonómicas que permitan mejorar la planificación de la
actividad de estas entidades, de modo que en las Leyes de Presupuestos anuales de la
Comunidad se incorporen y cuantifiquen con el suficiente detalle las previsiones de sus
presupuestos de explotación y capital y en la Cuenta General se informe sobre la
liquidación de los mismos.
– Adoptar, en relación con la Universidad de La Rioja, las siguientes actuaciones:
a. Dictar una normativa adecuada a fin de que el procedimiento establecido por el
que la Universidad aprueba de manera autónoma e independiente sus presupuestos se
incorpore en el procedimiento general establecido en la normativa autonómica para el
sector público, con respeto a la autonomía universitaria en su vertiente financiera
reconocida a las mismas, de manera que la ley habilitante de los créditos en la
Comunidad contenga también los aprobados por aquella.
b. Incorporar a dicha entidad en el ámbito de los controles financieros previstos en
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, de acuerdo con la
naturaleza de sus funciones.
– Modificar la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja con
vistas a incluir, tal como hace la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas, de forma anual, un informe
sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del
ejercicio del control financiero.
– Evaluar los puestos de trabajo desempeñados por contratados laborales temporales y
funcionarios interinos durante periodos dilatados de tiempo, con el fin de determinar su
naturaleza, coyuntural o estructural, que permita una planificación más eficiente de los
recursos humanos y evitar situaciones de temporalidad excesivamente prolongadas.
– Formalizar un contrato programa entre la Consejería de Salud y la Gerencia del
Organismo autónomo Servicio Riojano de Salud (SERIS) en el que se regule la prestación del
servicio de asistencia sanitaria por este último a través de sus servicios y unidades.
– Desarrollar normativamente las funciones de inspección de la sanidad concertada
por parte de la consejería competente para implantar un sistema de evaluación objetivo
mediante la definición de criterios e indicadores de medición.
– Registrar en un programa presupuestario específico la ejecución de las medidas
en materia de igualdad efectiva de hombres y mujeres, lo que facilitará efectuar un
adecuado seguimiento global de los proyectos, normalmente de carácter plurianual,
desarrollados por los diferentes órganos gestores contemplados en el Plan Integral de la
Mujer aprobado en la Comunidad.
– Realizar análisis y estudios para relacionar los objetivos de desarrollo sostenibles
establecidos en la Agenda 2030 con los planes y programas estratégicos existentes en la
Administración.
Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de junio de 2021.–El Presidente de la
Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel
Alonso Jiménez.
cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
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deudores y acreedores, así como proceder a la elaboración de un manual de procedimientos
contables en el que se normara el registro de las operaciones no presupuestarias, en el
marco del sistema contable auxiliar que tiene implantado la Administración de la Comunidad.
– Definir los criterios y establecer los cálculos oportunos para determinar en cada
ejercicio los saldos deudores de dudoso cobro.
– Realizar una adecuada planificación presupuestaria que haga posible atender sin
dificultad las necesidades de gasto previstas para cada ejercicio corriente, de manera
que la liquidación presupuestaria recoja la totalidad de obligaciones y derechos
devengados en el ejercicio en cumplimiento del principio de anualidad presupuestaria.
– Reforzar los mecanismos de coordinación existentes, con los recursos ya
disponibles, entre la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la
Administración General de la Comunidad y las unidades económicas responsables de
las empresas y fundaciones autonómicas que permitan mejorar la planificación de la
actividad de estas entidades, de modo que en las Leyes de Presupuestos anuales de la
Comunidad se incorporen y cuantifiquen con el suficiente detalle las previsiones de sus
presupuestos de explotación y capital y en la Cuenta General se informe sobre la
liquidación de los mismos.
– Adoptar, en relación con la Universidad de La Rioja, las siguientes actuaciones:
a. Dictar una normativa adecuada a fin de que el procedimiento establecido por el
que la Universidad aprueba de manera autónoma e independiente sus presupuestos se
incorpore en el procedimiento general establecido en la normativa autonómica para el
sector público, con respeto a la autonomía universitaria en su vertiente financiera
reconocida a las mismas, de manera que la ley habilitante de los créditos en la
Comunidad contenga también los aprobados por aquella.
b. Incorporar a dicha entidad en el ámbito de los controles financieros previstos en
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, de acuerdo con la
naturaleza de sus funciones.
– Modificar la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja con
vistas a incluir, tal como hace la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas, de forma anual, un informe
sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del
ejercicio del control financiero.
– Evaluar los puestos de trabajo desempeñados por contratados laborales temporales y
funcionarios interinos durante periodos dilatados de tiempo, con el fin de determinar su
naturaleza, coyuntural o estructural, que permita una planificación más eficiente de los
recursos humanos y evitar situaciones de temporalidad excesivamente prolongadas.
– Formalizar un contrato programa entre la Consejería de Salud y la Gerencia del
Organismo autónomo Servicio Riojano de Salud (SERIS) en el que se regule la prestación del
servicio de asistencia sanitaria por este último a través de sus servicios y unidades.
– Desarrollar normativamente las funciones de inspección de la sanidad concertada
por parte de la consejería competente para implantar un sistema de evaluación objetivo
mediante la definición de criterios e indicadores de medición.
– Registrar en un programa presupuestario específico la ejecución de las medidas
en materia de igualdad efectiva de hombres y mujeres, lo que facilitará efectuar un
adecuado seguimiento global de los proyectos, normalmente de carácter plurianual,
desarrollados por los diferentes órganos gestores contemplados en el Plan Integral de la
Mujer aprobado en la Comunidad.
– Realizar análisis y estudios para relacionar los objetivos de desarrollo sostenibles
establecidos en la Agenda 2030 con los planes y programas estratégicos existentes en la
Administración.
Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de junio de 2021.–El Presidente de la
Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel
Alonso Jiménez.
cve: BOE-A-2021-14785
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