III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
181 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109936

III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
14785

Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 15 de junio de 2021, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018, acuerda:

– Valorar posibles cambios normativos en la definición de los criterios de pertenencia
de las entidades a su sector público, especialmente, en el caso de las fundaciones y los
consorcios públicos, teniendo en consideración no solo criterios patrimonialistas basados
en la participación mayoritaria del Gobierno de La Rioja en su dotación fundacional o
patrimonio, sino también en el control de la gestión y nombramiento de sus miembros,
así como en la financiación de las actividades de la entidad, con el objetivo de que
determinadas entidades fueran incluidas en los presupuestos de la Comunidad y a su
vez no quedasen extramuros del control de la Administración Autonómica y de la
aplicación de la normativa en materia presupuestaria y de estabilidad presupuestaria, y
para mitigar la fragmentación normativa existente.
– Considerar al Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja como integrante de su
sector público, de acuerdo con lo previsto en el art 120.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, objeto que deberá quedar resuelto por
los representantes de las administraciones autonómica y local que forman parte de la
Junta de Gobierno del Consorcio, quienes deberán resolver la adscripción de la entidad,
lo que permitirá concluir sobre su carácter público autonómico o local y su consecuente
integración en uno o en otro sector público.
– Considerar al Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja como integrante de su
sector público, de acuerdo con lo indicado en la Memoria de la Cuenta General rendida,
al no ostentar el control sobre el mismo en los términos establecidos en la Orden
HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación
de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público.
– Regular el contenido, la estructura, las normas de elaboración y los criterios de
agregación o consolidación de la Cuenta General, de acuerdo a lo establecido en la
Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban las normas para la
formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público.
– Dotar los servicios necesarios de los organismos autónomos autonómicos, de acuerdo
con lo previsto en las respectivas disposiciones transitorias de sus leyes de creación, en
orden a ejercer las competencias que dichas normas les atribuyen en materia de
presupuestación, contabilidad, tesorería y patrimonio, lo que facilitaría, por un lado, la
adecuada transparencia de la información económico-patrimonial de estas entidades y, por
otra parte, daría cumplimiento a la obligación de rendición de sus cuentas anuales
individuales.
– Revisar los sistemas de registro contable y auxiliares empleados en la gestión de los
ingresos de la Comunidad Autónoma, y en particular, por lo que se refiere a las cuentas no
presupuestarias, la Administración General de la Comunidad debería dotarse de una
aplicación informática que permitiera la obtención de datos históricos sobre los saldos

cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y
recomendaciones.
2. Instar a la Comunidad Autónoma de La Rioja a poner en marcha lo antes posible
las siguientes medidas: