III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14784)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109734

Las variaciones interanuales de la ejecución de presupuesto de ingresos y su grado de realización
se muestran en el siguiente cuadro.
Cuadro 8. Variación interanual de los derechos reconocidos y grado de realización de las
previsiones definitivas de la Administración Regional
(miles de euros)
Derechos reconocidos

Variación interanual

Capítulos

Relativa
(%)

Grado de
realización
(%)

2017

2018

1- Impuestos Directos

1.061.052

1.056.855

(4.197)

0

1.045.076

101

2- Impuestos Indirectos

1.821.404

1.913.961

92.557

5

1.900.122

101

98.533

70.321

(28.212)

(29)

77.479

91

921.624

1.018.260

96.636

10

982.135

104

6.452

4.436

(2.016)

(31)

7.406

60

3.909.065

4.063.833

154.768

4

4.012.218

101

2.304

3.624

1.320

57

1.868

194

7- Transferencias de capital

78.502

129.482

50.980

65

203.928

63

Total Operaciones capital

80.806

133.106

52.300

65

205.796

65

8- Activos financieros

2.304

2.588

284

12

91.328

3

9- Pasivos financieros

1.254.337

1.407.240

152.903

12

1.403.403

100

Total Operaciones financieras

1.256.641

1.409.828

153.187

12

1.494.731

94

5.246.512

5.606.767

360.255

7

5.712.745

98

3- Tasas, precios públicos y otros
ingresos
4- Transferencias corrientes
5- Ingresos patrimoniales
Total Operaciones corrientes
6- Enajenación inversiones reales

TOTAL

Absoluta

Previsiones
definitivas
2018

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por las entidades fiscalizadas.

Este sistema de financiación está estructurado en dos grandes bloques de recursos. El principal,
destinado a financiar las necesidades globales de las CCAA para el desarrollo de las
competencias asumidas, está integrado por los tributos cedidos por la Administración Estatal, el
Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales y el Fondo de Suficiencia Global. Y un
segundo bloque de recursos adicionales de convergencia, destinados a reducir los desequilibrios
económicos interterritoriales en el Estado, está formado por el Fondo de Competitividad y el
Fondo de Cooperación.

cve: BOE-A-2021-14784
Verificable en https://www.boe.es

Los principios rectores de la financiación de las CCAA en el ejercicio fiscalizado están
establecidos en la LO 3/2009, de 18 de diciembre, de modificación de la Ley 8/1980, de 22 de
septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y en la Ley 22/2009, de 18
de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de
régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, resultando asimismo, de aplicación a la
CARM la Ley 22/2010, de 16 de julio, por la que se fijaron el alcance y concesión del régimen de
cesión de tributos del Estado a dicha CA.