III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14784)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109733

- En las pruebas efectuadas se ha detectado la existencia de, al menos, 176 sentencias judiciales
firmes dictadas en 2018 por los Tribunales de Justicia contra la Administración Regional con un
coste indemnizatorio conjunto de 3.622 miles de euros. Estas obligaciones no fueron reconocidas
en el presupuesto de dicho año de acuerdo con el principio de anualidad presupuestaria y los
gastos no fueron registrados en la cuenta del resultado económico-patrimonial de acuerdo con el
criterio de devengo. El 69 % de las mismas corresponden a la Consejería de Fomento y el 14 % a
la Consejería de Educación. Por el contrario, se han aplicado al ejercicio 2018 obligaciones por
3.136 miles de euros por sentencias judiciales firmes dictadas en 2017 por los Tribunales de
Justicia contra la Administración Regional que debieron reconocerse en dicho ejercicio. El efecto
de estas salvedades supone que el resultado presupuestario correspondiente al ejercicio 2018 se
encuentre infravalorado en 486 miles de euros.
- La Administración Regional ha continuado registrando incorrectamente en el ejercicio fiscalizado
como inversiones reales, dentro de la rúbrica presupuestaria número 64900 “Otro inmovilizado
inmaterial” del capítulo 6 del presupuesto de gastos, un volumen de gastos de funcionamiento y
de gestión corriente, principalmente servicios exteriores y otros gastos, por importe de 8.999 miles
de euros en 2018 que, de acuerdo con su adecuada naturaleza, deberían haberse registrado
como gastos corrientes en el capítulo 2 del presupuesto. Igualmente, se han registrado
incorrectamente en esta rúbrica gastos de personal, por un importe de 220 miles de euros en 2018
que debieron haberse contabilizado en el capítulo 1 del presupuesto de gastos. Estas
incorrecciones contables aconsejan que, por parte de la Administración Regional, se revise la
adecuada correspondencia y equivalencia entre las rúbricas de la contabilidad patrimonial y los
conceptos de gasto de la contabilidad presupuestaria, de acuerdo a la naturaleza de cada
proyecto de gasto.
B) Ejecución del presupuesto de ingresos
En el anexo II.1-5 se recoge la liquidación del presupuesto de ingresos de la Administración
Regional del ejercicio 2018, que presenta un grado de realización de las previsiones
presupuestarias del 98 %. Los derechos reconocidos netos en este año se situaron en 5.606.767
miles de euros, lo que representa un incremento interanual del 7 %. La rúbrica que experimenta la
variación más significativa de derechos en términos absolutos es la de pasivos financieros con un
aumento de 152.903 miles de euros, que supone en términos relativos una variación positiva del
12 %. Otras partidas que incrementan su cuantía en el ejercicio son las de impuestos indirectos y
las transferencias, tanto de corriente como de capital, con unos aumentos del 5 %, 10 % y 65 %,
respectivamente.

cve: BOE-A-2021-14784
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Núm. 217