III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14782)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109285

Ni en el ejercicio fiscalizado ni en el siguiente se procede a la aprobación de un nuevo plan contable
adaptado al nuevo plan marco, si bien, mediante el Decreto 201/2019, de 27 de diciembre, se
aprueba la implantación del sistema de gestión económico-financiera en el ámbito del sector público
autonómico con presupuesto limitativo, que sustituye al sistema contable en vigor (SICCAEX) y que
constituye el paso previo para la efectividad de dicha adaptación contable.
II.5.1. Contabilidad presupuestaria de la Administración General
A)

PRESUPUESTOS INICIALES

El artículo 2.2 de la LP para 2018 aprueba los créditos iniciales del presupuesto de gastos de la
Administración de la CAEX por un importe de 5.432.675 miles de euros (lo que supone un
incremento interanual del 5 %), que se financiarán con los derechos económicos a liquidar,
4.985.104 miles de euros y, el resto, mediante operaciones de endeudamiento.
Por Decreto del Presidente 21/2017, de 30 de octubre, se modifican la denominación, el número y
las competencias de las Consejerías de la Administración de la CAEX, determinando la creación de
una nueva Consejería de Cultura e Igualdad, que asume determinadas competencias anteriormente
asignadas a la Presidencia de la Junta y las competencias en materia de deporte que tenía
atribuidas la Consejería de Educación y Empleo. Esta nueva estructura orgánica ha sido la
considerada por la Orden de la CHAP, de 5 de junio de 2017, por la que se dictan las normas para
la elaboración de los PG de la CAEX para 2018.
Además de la consideración de la nueva estructura orgánica, las modificaciones introducidas en
esta Orden respecto a la precedente se circunscriben al desglose del concepto 225 “Tributos” en
dos subconceptos [dado el peso relativo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)] y la inclusión
de un anexo de “plantilla de personal” para las entidades sin presupuesto limitativo.
B)

MODIFICACIONES DE CRÉDITO

Adecuación del régimen de tramitación de modificaciones presupuestarias
El régimen normativo de las modificaciones presupuestarias en el ámbito de la CAEX está
constituido por la LH y desarrollado por la Orden de 24 de mayo de 2000, de la entonces Consejería
de Economía, Industria y Comercio por la que se aprueban las instrucciones a seguir en la
tramitación de expedientes de modificaciones. Como resultado del análisis de ambos textos
normativos se aprecian inconsistencias entre los mismos, en tanto que la Orden no se ha adecuado
al régimen previsto por la LH, tras la modificación operada por la Ley 4/2012, de 28 de diciembre,
de Medidas Financieras y Administrativas de la CAEX, especialmente en relación con las
autorizaciones y financiación de los diferentes tipos modificaciones.
Análisis cuantitativo y cualitativo de los expedientes de modificación presupuestaria

cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es

El importe neto de las modificaciones presupuestarias tramitadas por la AG en 2018 asciende a
90.839 miles de euros, un 1,7 % sobre el presupuesto inicial, porcentaje ligeramente superior al
obtenido en el ejercicio precedente, que fue de un 1,4 %. En los anexos II.1.1 y II.1.2, se recogen
las modificaciones presupuestarias tramitadas durante el ejercicio fiscalizado, atendiendo a su
clasificación económica y orgánica, respectivamente.