III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14782)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109278

El artículo 10 de la LFE exige la realización, por las unidades administrativas que tengan atribuida
la función de contabilidad en las AAPP, de requerimientos periódicos de actuación respecto de las
facturas pendientes de reconocimiento de obligación, así como la elaboración de un informe
trimestral de aquellas facturas con respecto a las cuales hayan transcurrido más de tres meses
desde que fueran anotadas y no se haya efectuado el reconocimiento de la correspondiente
obligación. Se ha acreditado la realización en 2018 de los correspondientes requerimientos
mensuales e informes trimestrales por todas las consejerías. En los correspondientes informes se
ponen de manifiesto determinadas incidencias relacionadas con la demora en el registro de facturas,
entre las que cabe destacar:

En relación con un total de 23 facturas que suman un importe acumulado de 104 miles de
euros, correspondientes a la DG de Tributos, el tiempo medio entre la fecha de anotación en el RCF
y la fecha de entrada del documento contable de reconocimiento de la obligación en la Intervención
Delegada, fue de 124 días. En el caso de la DG de Administración Local, fue de 113 días, respecto
a 43 facturas que suman un total de 37 miles de euros.

Se han detectado demoras significativas en el reconocimiento contable de facturas desde la
fecha de anotación en el RCF, que se evidencian en los tiempos medios transcurridos a fecha de
cierre del último trimestre, en las siguientes unidades orgánicas: DG de Tributos, 104 días (3
facturas); Gerencia Territorial del SEPAD en Badajoz, 602 días (167 facturas); DG de Agricultura y
Ganadería, 140 días (118 facturas); DG de Urbanismo y Ordenación del Territorio, 176 días (9
facturas) y Secretaria General de Educación, 149 días relativos a 6 facturas.
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 12.3 de la LFE, que obliga a efectuar una auditoría
de sistemas anual para verificar que los correspondientes RCF cumplen con las condiciones de
funcionamiento previstas en la Ley y en su normativa de desarrollo, el Plan de auditoría de 2018
incluyó controles financieros de dichos registros correspondientes a las entidades Centro de
Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), Consejo de la Juventud de
Extremadura (CJEX) e Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX), analizándose el periodo 2015
a 2017. Los tres controles realizados concluyeron, en la misma línea que lo señalado previamente
por el control realizado sobre el RCF de la AG en los ejercicios 2015 y 2016, que dichas entidades
cuentan con un RCF integrado en su sistema contable que permite el seguimiento de sus facturas
y cumple con los requisitos básicos de la LFE. No obstante, los controles pusieron de manifiesto
determinadas deficiencias, indicándose a continuación las medidas adoptadas en 2018 y,
fundamentalmente, en el ejercicio posterior, para solventarlas:

Incompleta retroalimentación entre los sistemas que intervienen en la tramitación de las
facturas anotadas13 que conlleva divergencias entre ellos, dificultando el seguimiento de la pista de
auditoría de las facturas y la implantación a corto plazo de un procedimiento completo de gestión
electrónica de las mismas. En el ejercicio 2018 la AG ha realizado una conciliación mensual entre
el RCF y FACe (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la AGE), para evitar las
correspondientes divergencias. Ya en el ejercicio posterior, por Decreto 201/2019, de 27 de
diciembre, se aprueba la implantación del sistema de gestión económico-financiera en el ámbito del
sector público autonómico con presupuesto limitativo, denominado ALCÁNTARA, que al integrar los
sistemas salva las incidencias de retroalimentación.

Asimismo, la implantación de este sistema integrado permitirá garantizar el cumplimiento del
artículo 4 de la LFE, en cuanto a presentación obligatoria de facturas electrónicas cuando el importe
de las mismas sea superior a 5 miles de euros, así como un desarrollo del tratamiento de los
rechazos y anulaciones de facturas, que eviten su solapamiento y la confusión en su tratamiento,
que aún venía constatándose en el ejercicio fiscalizado.

13 Los sistemas interrelacionados que intervienen en esta tramitación son: RCF de la Junta de Extremadura y de cada
entidad, Sistema de Información Contable de la CAEX, Sistema Integrado de Gestión de la Junta de Extremadura y Punto
General de Entrada de Facturas Electrónicas.

cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 217