III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14782)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2018.
247 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109250

presupuestaria y abono de la deuda real, tanto en el caso de la Consejería de Hacienda
y Administración Pública, como en el caso del Servicio Extremeño de Salud.
– Modular, considerando las disponibilidades de tesorería mantenidas por los
Centros de Profesores y Recursos, las futuras aportaciones a su financiación,
promoviendo su compensación, o incluso, instando su reintegro, en tanto no sean
utilizadas para los fines previstos.
– Desarrollar, por la Intervención General de la Comunidad, un sistema de gastos
con financiación afectada integrado en el sistema contable, que permita el adecuado
seguimiento de los recursos afectados y el cálculo de las desviaciones de financiación.
– Dictar instrucciones y habilitar procedimientos de comunicación que permitan el
conocimiento actualizado, por parte de la Intervención General de la Comunidad, de las
responsabilidades probables o ciertas, procedentes de litigios en curso u obligaciones
pendientes de cuantía indeterminada, que pudieran requerir el registro de provisiones
para responsabilidades o, en su caso, de las contingencias a reflejar en la memoria.
– Adoptar medidas dirigidas a la transformación de la Asociación Extremeña de la
Energía a la forma jurídica de consorcio, promoviendo la adopción del correspondiente
acuerdo entro las entidades participantes y la aprobación de nuevos estatutos que
regulen su organización y funcionamiento.
– Proceder a la revisión sistemática, por ejercicio de origen, de todos aquellos
errores detectados en los saldos registrados en deudores presupuestarios contabilizados
en concepto de tributos, cuya antigüedad supere los plazos de prescripción. Con el
objeto de evitar la reiteración de esta situación en el futuro, deberían implantarse
procedimientos de comunicación entre los órganos responsables de la gestión de
ingresos y el servicio de contabilidad, que permita un conocimiento actualizado de la
situación de los citados deudores, al menos con carácter previo al vencimiento del plazo
de prescripción.
Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de junio de 2021.–El Presidente de la
Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel
Alonso Jiménez.

cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 217