III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14782)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109265
II.1. ENTIDADES INTEGRANTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Forman parte del ámbito subjetivo del presente informe la totalidad de entidades integrantes del
sector público autonómico, conforme este queda definido por el artículo 2 de la LH. Se incluyen,
asimismo, aquellas entidades pertenecientes al sector público en las que la CAEX dispone del
mayor porcentaje público minoritario de acuerdo con los criterios de participación o dominio
definidos por la citada Ley. Atendiendo a dicho criterio, el número de entidades que conformaban el
sector público al cierre del ejercicio fiscalizado, en función de la naturaleza de las mismas,
presentaba la siguiente distribución.
CUADRO Nº 1. ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO2
Naturaleza de la entidad
Número
Administración General de la CAEX (AG)
1
Universidades públicas
1
(3)
Organismos autónomos (OOAA)
6
(1)
Entes públicos (1)
Empresas y entidades empresariales
Fundaciones
6
(2)
(3)
Consorcios (2)
Asociación Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX)
15
11
11
1
Fuente: Elaboración propia a partir de datos aportados por las entidades fiscalizadas.
(1)
Se incluyen los OOAA y entes públicos que no rinden cuentas independientes de las de la AG.
(2) Se incluyen las entidades Plataforma Logística del Suroeste Europeo, S.A. y Consorcio Cáceres 2016, incursas en
procesos de disolución, aún no culminados al cierre de 2018.
(3) La Universidad de Extremadura y su entidad dependiente (Fundación Universidad-Sociedad), se relacionan entre
las correspondientes entidades pero se excluyen del ámbito subjetivo de este Informe.
Frente al ejercicio precedente el número de entidades que integran el sector público autonómico se
reduce en dos, por la extinción de la Fundación Rafael Ortega Porras y la Sociedad Pabellón de
Extremadura en la Exposición Universal de Sevilla 1992, S.A., en liquidación (PAEXPO) mediante
las correspondientes inscripciones registrales realizadas en el ejercicio 2018.
Como en ejercicios precedentes se incluye a la entidad AGENEX formando parte del sector público
autonómico, por aplicación de los criterios previstos para otras entidades análogas 3. Esta entidad
fue creada como asociación, cuya naturaleza jurídica resulta incompatible con la condición que tiene
atribuida de medio propio de la Administración (artículo 2.6 de la LO 1/2002, reguladora del Derecho
de Asociación) y no tiene encaje entre las formas jurídicas previstas por el artículo 2 de la LH, para
2
El anexo I.0 desarrolla la relación nominativa de las entidades integrantes del sector público a 31 de diciembre de 2017.
En relación con lo alegado, la inclusión en los Presupuestos Generales de la Comunidad, así como la clasificación en el
sector autonómico a efectos de contabilidad nacional, constituyen criterios para la inclusión de entidades en el sector
público autonómico a partir de la modificación de la LH operada por la LAMA, que entró en vigor con posterioridad al
ejercicio fiscalizado.
3
cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es
El criterio de delimitación del sector público autonómico de la LH presentaba diferencias con el
previsto por la LOEPSF, de aplicación necesaria para verificar los límites de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, en términos de contabilidad nacional, así como respecto
a los criterios de adscripción de entidades determinados con carácter básico por la LRJSP (artículos
120 y 129, en relación con los consorcios y las fundaciones, respectivamente). La armonización de
estos regímenes normativos en el ámbito de la CAEX fue llevada a cabo, finalmente, por la Ley
8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la CAEX (LAMA).
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109265
II.1. ENTIDADES INTEGRANTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Forman parte del ámbito subjetivo del presente informe la totalidad de entidades integrantes del
sector público autonómico, conforme este queda definido por el artículo 2 de la LH. Se incluyen,
asimismo, aquellas entidades pertenecientes al sector público en las que la CAEX dispone del
mayor porcentaje público minoritario de acuerdo con los criterios de participación o dominio
definidos por la citada Ley. Atendiendo a dicho criterio, el número de entidades que conformaban el
sector público al cierre del ejercicio fiscalizado, en función de la naturaleza de las mismas,
presentaba la siguiente distribución.
CUADRO Nº 1. ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO2
Naturaleza de la entidad
Número
Administración General de la CAEX (AG)
1
Universidades públicas
1
(3)
Organismos autónomos (OOAA)
6
(1)
Entes públicos (1)
Empresas y entidades empresariales
Fundaciones
6
(2)
(3)
Consorcios (2)
Asociación Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX)
15
11
11
1
Fuente: Elaboración propia a partir de datos aportados por las entidades fiscalizadas.
(1)
Se incluyen los OOAA y entes públicos que no rinden cuentas independientes de las de la AG.
(2) Se incluyen las entidades Plataforma Logística del Suroeste Europeo, S.A. y Consorcio Cáceres 2016, incursas en
procesos de disolución, aún no culminados al cierre de 2018.
(3) La Universidad de Extremadura y su entidad dependiente (Fundación Universidad-Sociedad), se relacionan entre
las correspondientes entidades pero se excluyen del ámbito subjetivo de este Informe.
Frente al ejercicio precedente el número de entidades que integran el sector público autonómico se
reduce en dos, por la extinción de la Fundación Rafael Ortega Porras y la Sociedad Pabellón de
Extremadura en la Exposición Universal de Sevilla 1992, S.A., en liquidación (PAEXPO) mediante
las correspondientes inscripciones registrales realizadas en el ejercicio 2018.
Como en ejercicios precedentes se incluye a la entidad AGENEX formando parte del sector público
autonómico, por aplicación de los criterios previstos para otras entidades análogas 3. Esta entidad
fue creada como asociación, cuya naturaleza jurídica resulta incompatible con la condición que tiene
atribuida de medio propio de la Administración (artículo 2.6 de la LO 1/2002, reguladora del Derecho
de Asociación) y no tiene encaje entre las formas jurídicas previstas por el artículo 2 de la LH, para
2
El anexo I.0 desarrolla la relación nominativa de las entidades integrantes del sector público a 31 de diciembre de 2017.
En relación con lo alegado, la inclusión en los Presupuestos Generales de la Comunidad, así como la clasificación en el
sector autonómico a efectos de contabilidad nacional, constituyen criterios para la inclusión de entidades en el sector
público autonómico a partir de la modificación de la LH operada por la LAMA, que entró en vigor con posterioridad al
ejercicio fiscalizado.
3
cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es
El criterio de delimitación del sector público autonómico de la LH presentaba diferencias con el
previsto por la LOEPSF, de aplicación necesaria para verificar los límites de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, en términos de contabilidad nacional, así como respecto
a los criterios de adscripción de entidades determinados con carácter básico por la LRJSP (artículos
120 y 129, en relación con los consorcios y las fundaciones, respectivamente). La armonización de
estos regímenes normativos en el ámbito de la CAEX fue llevada a cabo, finalmente, por la Ley
8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la CAEX (LAMA).