I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2021-14756)
Memorando de Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de Aviación Civil Internacional relativo a los arreglos para la realización del simposio OACI de asistencia a las víctimas de accidentes de aviación y sus familiares, hecho en Madrid y Montreal el 16 de abril y 11 de junio de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. I. Pág. 109205

menciona en el apartado 1. El salón de conferencias estará equipado para la
interpretación simultánea recíproca en español, francés e inglés (según lo indicado por el
Estado anfitrión) y medios de grabación sonora en esos idiomas.
2. Los locales, instalaciones y servicios que se mencionan en el párrafo 1 de este
apartado se especifican en el apéndice 1 del presente Memorando de acuerdo.
3. Los locales deberán estar a disposición de la OACI según se requiera a partir de
dos (2) días antes del Evento y hasta seis (6) horas después de su clausura.
Apartado 4.

Equipo, insumos e instalaciones de atención médica.

1. El Anfitrión proporcionará, instalará y mantendrá en buen estado de
funcionamiento, por sí o por terceros y sin cargo para la OACI, el equipo y las
instalaciones que se necesiten para la celebración del Evento, incluyendo equipo
audiovisual, equipo de interpretación, equipamiento de oficina y servicio gratuito de
acceso a internet inalámbrico (wifi) y por cable para las personas participantes.
2. El Anfitrión correrá con los gastos de transporte de ida y vuelta y seguro, entre la
Sede de la OACI o cualquiera de sus oficinas establecidas y los locales del Evento, de
los documentos, equipo, insumos y demás elementos necesarios para la celebración del
Evento que la OACI facilite tras realizar consultas con el Anfitrión. La OACI definirá en
consulta con el Anfitrión la modalidad y ruta de traslado de dichos documentos, insumos
y demás elementos que se requieran para el Evento.
3. El Anfitrión proporcionará, por sí o por terceros y sin cargo para la OACI, dentro
de los locales del Evento o en sus cercanías, un centro de atención médica de
emergencia y primeros auxilios para atender a las personas a las que se hace referencia
en el apartado 2.
4. El equipo y los insumos cuyo suministro estará a cargo del Anfitrión se describen
en el apéndice 1 del presente Memorando de acuerdo. Los suministros que se indican en
el apéndice 1 podrán ampliarse o modificarse por acuerdo entre los Signatarios.
Apartado 5.

Servicios públicos.

El Anfitrión correrá con los gastos de los servicios públicos necesarios para el
correcto funcionamiento de los locales del Evento que se mencionan en el apartado 1 y
el apartado 3, tales como los servicios de agua corriente y electricidad. De igual manera,
correrán por cuenta del Anfitrión los gastos en concepto de comunicaciones telefónicas
urbanas que se efectúen desde los locales del Evento, transmisiones por fax y correo
electrónico, envíos postales y las comunicaciones telefónicas internacionales entre el
Evento y la Sede de la OACI en Montreal o una oficina establecida de la OACI que se
realicen para los fines del Evento y que hayan sido autorizadas por la Secretaria General
de la OACI o en su nombre.
Funcionarios y funcionarias de la OACI.

1. Las categorías y funciones de las funcionarias y funcionarios que designará la
Secretaria General de la OACI para prestar servicios en el Evento se especifican en el
apéndice 2.
2. El Anfitrión correrá con los gastos de traslado de las funcionarias y funcionarios
mencionados en el primer párrafo de este apartado 6 e identificados en el apéndice 2
desde la Sede de la OACI o una de sus oficinas establecidas y el lugar de celebración
del Evento. El Anfitrión en consulta con la OACI dispondrá la reserva y emisión de los
billetes aéreos con un mínimo de treinta (30) días de anticipación de la fecha del Evento
para las funcionarias y funcionarios que se mencionan en el primer párrafo de este
apartado 6, de acuerdo con los reglamentos de la OACI que se apliquen a este tipo de
viajes por misiones.
3. El Anfitrión dispondrá y correrá con los gastos de proporcionar alojamiento
adecuado en hoteles ubicados en el lugar de celebración del Evento o en sus cercanías

cve: BOE-A-2021-14756
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Apartado 6.