III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-14751)
Resolución de 31 de agosto de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, para la realización de actividades culturales en el Archivo Histórico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109151

5. El Ministerio de Cultura y Deporte colaborará con las instalaciones y los medios
profesionales, de personal y técnicos disponibles.
6. En ningún caso esta colaboración implicará relación laboral alguna entre el
Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad y el Ministerio de
Cultura y Deporte.
Cuarta. Compromisos del Comité Español de Representantes de Personas con
Discapacidad.
1. El CERMI someterá a la aprobación previa de la Dirección del Archivo, con al
menos un mes de antelación, la programación concreta de las actividades que se
realizarán en los espacios mencionados, no pudiendo nunca afectar al normal
funcionamiento del Archivo. La realización de estas actividades se supeditará a la
programación del Archivo Histórico Nacional, y se ajustará al calendario fijado por la
Dirección del Archivo.
2. El CERMI facilitará una relación completa de las personas responsables y demás
personal que intervendrán en tales actividades, con expresión del nombre, apellidos,
domicilio, DNI, o documento de identidad equivalente. Estos datos serán tratados
conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal
y lo expresado en la cláusula décima del presente Convenio
3. El CERMI abonará todos los gastos directos o indirectos que conlleve dicha
utilización, excepto, en su caso, la iluminación habitual y climatización.
4. El CERMI asumirá la responsabilidad sobre los daños y perjuicios que se
ocasionen durante la utilización de los espacios mencionados o celebración de cualquier
actividad, así como con ocasión de la gestión o preparación de la misma.
5. La totalidad de las instalaciones fijas y obras de mejoras que se hayan
autorizado previamente por el Ministerio de Cultura y Deporte para la organización y
realización de cualquier actividad, revertirán al Archivo Histórico Nacional, sin cargo
alguno para el mismo.
6. El CERMI se hará cargo de la vigilancia y de la seguridad de todas las
dependencias en que se desarrollen las actividades de difusión cultural y, en su caso,
correrá con los gastos que dicha vigilancia conlleve. Los vigilantes designados por
el CERMI deberán seguir en todo momento las instrucciones de los vigilantes de
seguridad o del personal del Archivo Histórico Nacional.
El Archivo se reserva el control de entrada y aforo, que será realizado por los
vigilantes de seguridad que prestan servicio en el Centro.
7. Las fotografías o grabaciones cinematográficas o videográficas de las
instalaciones del Archivo obtenidas durante la celebración de las actividades objeto de
este convenio no podrán utilizarse con fines comerciales o promocionales, sin
autorización expresa del Ministerio de Cultura y Deporte.
8. El CERMI podrá elevar, a sus propias expensas, a la Dirección del Archivo
Histórico Nacional, a través de los cauces establecidos en este acuerdo, sugerencias y
propuestas de mejora de las condiciones de accesibilidad del entorno físico, digital y
comunicacional de la Institución, así como de sus servicios, para que la atención que
reciban las personas con discapacidad sea la más óptima, adecuada siempre a sus
necesidades y particularidades. En virtud de este compromiso, la Dirección del Archivo
Histórico Nacional podrá solicitar del CERMI, sin coste, su parecer experto en todo lo
relacionado con la atención y servicios a personas con discapacidad.
Quinta. Difusión de la colaboración del Ministerio de Cultura y Deporte y del Comité
Español de Representantes de Personas con Discapacidad.
1. El CERMI se compromete a difundir, en todas las actuaciones relacionadas con
el objeto de este Convenio, la colaboración del Ministerio de Cultura y Deporte,
recabándose previamente la conformidad del mismo en cuanto a la forma de difusión.

cve: BOE-A-2021-14751
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Núm. 216