III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14742)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2018.
184 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108972

En relación con las cuentas justificativas presentadas por ambos beneficiarios, se observa que:

En las memorias de las actividades de acción sindical y/o de formación sindical objeto de las
subvenciones no se incluye la relación de actuaciones realizadas dentro de cada uno de los
diferentes ámbitos de actividad (tales como la negociación colectiva, las elecciones sindicales, la
conflictividad laboral o la formación), detallando de esta manera los gastos y pagos, tal y como
indica el artículo 14.3 de la Orden.

Del análisis de las memorias económicas presentadas no se puede concluir si los gastos
justificados por ambas organizaciones sindicales (teléfonos, electricidad, mantenimiento, gastos
editoriales, así como las nóminas y seguros sociales) responden indubitadamente a la naturaleza
de la actividad subvencionada, tal y como prevé el artículo 14.5 de la Orden. Ello se debe, por un
lado, a la indeterminación de los gastos elegibles y, por otro, a la falta de explicación de la
vinculación entre las actuaciones realizadas y los gastos justificados.
Finalmente, los dos expedientes carecen de los informes sobre el grado de cumplimiento de las
condiciones, a realizar tras la comprobación técnico-económica de la justificación a que se refiere
el artículo 15 de la Orden.
Los ocho expedientes de subvenciones concedidas directamente a las organizaciones sindicales y
a CECAM, por importe de 1.428 miles de euros, se distribuyen así: 659 miles por el Plan de
Empleo 2018, 23 miles por el Plan Integrado de Gestión de Residuos 2018-2023, 713 miles por la
participación en el Consejo de Relaciones Laborales y 33 miles por el Convenio entre el IPEX y la
CECAM, habiendo sido gestionados seis por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y
los dos restantes por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y el IPEX.
En lo referente al Plan Integrado de Gestión de Residuos 2018-2023, el Decreto 77/2018, de 23
de octubre, regula la concesión directa con carácter excepcional de una subvención a CECAM
para la realización de actuaciones por un importe total de 180 miles de euros, repartidos en
anualidades de 30 miles entre 2018 a 2023. Del análisis realizado se observa que:

En el Decreto se justifica el carácter directo de la subvención a CECAM por ser esta la única
organización empresarial capaz de alcanzar las metas propuestas en el citado Plan. No obstante,
en dicho instrumento de planificación se incluyen nueve programas de actuación (uno trasversal y
ocho específicos) que involucran a multiplicidad de agentes sin que entre ellos figure
expresamente CECAM como organización social indispensable para el logro de los objetivos.

En relación con la acreditación del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario, el
artículo 3 del Decreto recoge la fórmula de la declaración responsable, sin que conste que el
órgano gestor realizara actuaciones posteriores para la comprobación de su veracidad.

La cuenta justificativa presentada recoge exclusivamente costes salariales y de seguridad
social por un importe total de 23 miles de euros, correspondientes a un solo trabajador no
pudiendo concluirse que los mismos respondan de manera indubitada a la naturaleza de la
actividad subvencionada, al realizarse la vinculación con las actividades mediante la aplicación de
porcentajes sin soportar los criterios utilizados, que tampoco pueden deducirse de la memoria de
actuaciones aportada. Adicionalmente los importes destinados a cada una de las actividades
superan los presupuestos consignados en el anexo I del Decreto.

Tampoco consta en la cuenta justificativa una relación detallada de otros ingresos o
subvenciones que hayan podido financiar la actividad subvencionada, según detalla el artículo
9.2.d) del Decreto.
Por lo que se refiere al Plan de Empleo 2018, del análisis de los tres expedientes en los que se
reconocen obligaciones por importe de 659 miles de euros en dicho ejercicio, en base a lo

cve: BOE-A-2021-14742
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 216