III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14740)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108617
100 %. Estos resultados, como se detalla en el subepígrafe II.5.1.3, presentan incorrecciones
contables significativas, entre las que destaca la ausencia de amortización y la insuficiente
dotación a la provisión de deudores de dudoso cobro.
En los anexos I.1-1 y I.1-2 del informe se presenta un resumen de la liquidación de los
presupuestos de gastos y de ingresos del ejercicio 2018 de la AGCE y de sus OOAA. El anexo
I.1-3 recoge el resultado y el saldo presupuestario de estas entidades correspondiente al ejercicio
2018, y en los anexos I.1-4 y I.1-5 se refleja un resumen de las cuentas anuales del ejercicio
2018 -balance y cuenta del resultado económico-patrimonial- de las mismas.
En los anexos I.2-1 y I.2-2 del informe se recoge un resumen de las cuentas anuales del ejercicio
2018 -balance y cuenta de pérdidas y ganancias- de las sociedades mercantiles de la Ciudad.
Asimismo, en los anexos I.3-1 y I.3-2 del Informe se recoge un resumen de las cuentas anuales
del ejercicio 2018 -balance y cuenta de pérdidas y ganancias- de la fundación pública de la
Ciudad.
II.2. RENDICIÓN DE CUENTAS
La Ciudad Autónoma de Ceuta ha rendido al Tribunal de Cuentas la Cuenta General del ejercicio
2018 el 9 de marzo de 2020, superando en casi cinco meses el plazo legalmente establecido (15
de octubre de 2019), sin que se hayan motivado las razones que justifican su retraso.
La Cuenta General fue dictaminada por la Comisión Especial de Cuentas el 17 de septiembre de
2019 y expuesta al público el 20 de septiembre de 2019, no habiéndose presentado
reclamaciones ni alegaciones. Con fecha 13 de febrero de 2020, el Consejero de Hacienda, tras
informar favorablemente la Cuenta General de 2018, presentó la propuesta de aprobación al
Pleno, quien finalmente aprobó la misma por acuerdo de 27 de febrero de 2020, fuera del plazo
previsto en el art. 212.4 del TRLRHL.
En el análisis de la estructura y contenido de la Cuenta General rendida por la Ciudad, se ha
comprobado que la misma presenta los estados y documentos establecidos en el TRLRHL y en la
Instrucción del modelo normal de contabilidad local (INCAL), con las siguientes excepciones:
En cumplimiento de lo establecido en los art. 211 y siguientes del TRLRHL, la Administración de la
Ciudad ha elaborado en 2018 una memoria justificativa del coste de los servicios públicos, que
incluye el coste total y por capítulos de los principales servicios de la CA, con indicación del coste
por habitante así como un estado acreditativo del grado de cumplimiento de los diversos
programas en que se ha distribuido el presupuesto. El documento principal contiene las
magnitudes económicas consolidadas de todas las entidades y organismos, con base en las
cuentas aprobadas por sus órganos competentes y rendidas a la Ciudad para su consolidación.
Por lo que se refiere al grado de cumplimiento de los objetivos programados, solo se ha valorado
el cumplimiento de las obligaciones reconocidas en los programas, pero no los indicadores de los
programas, según se prevé en el apartado f) del art. 133 de la LRBRL. A tal efecto, cabe indicar
que la Disposición transitoria 3ª de la mencionada INCAL obliga a incluir en las cuentas anuales, a
partir del ejercicio 2017, la información sobre el coste de las actividades y los indicadores de
gestión.
En relación con la información de carácter financiero que debe formar parte del contenido de la
memoria de la Cuenta General, tal y como se detalla en el subepígrafe II.5.1.4, no se ha informado
sobre determinados estados o apartados exigidos en la INCAL.
cve: BOE-A-2021-14740
Verificable en https://www.boe.es
1º) En relación con las cuentas anuales de la AGCE:
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108617
100 %. Estos resultados, como se detalla en el subepígrafe II.5.1.3, presentan incorrecciones
contables significativas, entre las que destaca la ausencia de amortización y la insuficiente
dotación a la provisión de deudores de dudoso cobro.
En los anexos I.1-1 y I.1-2 del informe se presenta un resumen de la liquidación de los
presupuestos de gastos y de ingresos del ejercicio 2018 de la AGCE y de sus OOAA. El anexo
I.1-3 recoge el resultado y el saldo presupuestario de estas entidades correspondiente al ejercicio
2018, y en los anexos I.1-4 y I.1-5 se refleja un resumen de las cuentas anuales del ejercicio
2018 -balance y cuenta del resultado económico-patrimonial- de las mismas.
En los anexos I.2-1 y I.2-2 del informe se recoge un resumen de las cuentas anuales del ejercicio
2018 -balance y cuenta de pérdidas y ganancias- de las sociedades mercantiles de la Ciudad.
Asimismo, en los anexos I.3-1 y I.3-2 del Informe se recoge un resumen de las cuentas anuales
del ejercicio 2018 -balance y cuenta de pérdidas y ganancias- de la fundación pública de la
Ciudad.
II.2. RENDICIÓN DE CUENTAS
La Ciudad Autónoma de Ceuta ha rendido al Tribunal de Cuentas la Cuenta General del ejercicio
2018 el 9 de marzo de 2020, superando en casi cinco meses el plazo legalmente establecido (15
de octubre de 2019), sin que se hayan motivado las razones que justifican su retraso.
La Cuenta General fue dictaminada por la Comisión Especial de Cuentas el 17 de septiembre de
2019 y expuesta al público el 20 de septiembre de 2019, no habiéndose presentado
reclamaciones ni alegaciones. Con fecha 13 de febrero de 2020, el Consejero de Hacienda, tras
informar favorablemente la Cuenta General de 2018, presentó la propuesta de aprobación al
Pleno, quien finalmente aprobó la misma por acuerdo de 27 de febrero de 2020, fuera del plazo
previsto en el art. 212.4 del TRLRHL.
En el análisis de la estructura y contenido de la Cuenta General rendida por la Ciudad, se ha
comprobado que la misma presenta los estados y documentos establecidos en el TRLRHL y en la
Instrucción del modelo normal de contabilidad local (INCAL), con las siguientes excepciones:
En cumplimiento de lo establecido en los art. 211 y siguientes del TRLRHL, la Administración de la
Ciudad ha elaborado en 2018 una memoria justificativa del coste de los servicios públicos, que
incluye el coste total y por capítulos de los principales servicios de la CA, con indicación del coste
por habitante así como un estado acreditativo del grado de cumplimiento de los diversos
programas en que se ha distribuido el presupuesto. El documento principal contiene las
magnitudes económicas consolidadas de todas las entidades y organismos, con base en las
cuentas aprobadas por sus órganos competentes y rendidas a la Ciudad para su consolidación.
Por lo que se refiere al grado de cumplimiento de los objetivos programados, solo se ha valorado
el cumplimiento de las obligaciones reconocidas en los programas, pero no los indicadores de los
programas, según se prevé en el apartado f) del art. 133 de la LRBRL. A tal efecto, cabe indicar
que la Disposición transitoria 3ª de la mencionada INCAL obliga a incluir en las cuentas anuales, a
partir del ejercicio 2017, la información sobre el coste de las actividades y los indicadores de
gestión.
En relación con la información de carácter financiero que debe formar parte del contenido de la
memoria de la Cuenta General, tal y como se detalla en el subepígrafe II.5.1.4, no se ha informado
sobre determinados estados o apartados exigidos en la INCAL.
cve: BOE-A-2021-14740
Verificable en https://www.boe.es
1º) En relación con las cuentas anuales de la AGCE: