V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. (BOE-B-2021-37591)
Extracto de la Orden de 30 de julio de 2021, del Ministerio de Universidades, por la que se convocan subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo ámbito de actuación sea la universidad.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de septiembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 51317

Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y obligaciones previstos en
los artículos 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones.
No podrán resultar beneficiarias dos Asociaciones, para la misma actividad,
que tengan entre sí relación federada o jurídica.
No podrán resultar beneficiarias aquellas asociaciones que estén constituidas
únicamente por antiguos alumnos de la universidad.
No se admitirá más de una solicitud por entidad. En caso de que se reciba más
de una solicitud de la misma entidad, será admitida a trámite solamente la última
de ellas enviada dentro de plazo.
Cuarto. Solicitud, plazo y documentación a adjuntar con las solicitudes.
Solicitudes: Las solicitudes de las subvenciones, dirigidas al Secretario General
de Universidades, se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de
Universidades hará accesibles en su sede electrónica https://
sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp
El interesado, previa identificación, podrá consultar en la sede electrónica el
estado de tramitación de los procedimientos administrativos gestionados
electrónicamente.
Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de quince
días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de
esta convocatoria en el BOE.
El formulario de solicitud incluirá el siguiente contenido:
Relación de las actividades desarrolladas o a desarrollar durante el curso
2021-22 para las que se solicita financiación, e importe de la subvención que la
entidad considera necesaria para acometerlas.
Memoria explicativa de dichas actividades. En la memoria deberá figurar la
denominación, descripción de la actividad, objetivos que se persiguen con la
misma, fecha aproximada en que se realizará, e impacto esperado en las
entidades o personas potencialmente beneficiarias de la misma, y desglose
justificado de los costes.
Declaración responsable de que la entidad solicitante cumple los requisitos
establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y en los artículos 18 a 29 de su Reglamento, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, para ser beneficiaria de subvenciones, y que no
incurre en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición establecidas en
dichos artículos, y la misma no es deudora por resolución de procedencia de
reintegro de subvenciones públicas concedidas por la Administración General del
Estado, que se encuentren en período ejecutivo o no hayan sido atendidas en
período voluntario.
Declaración responsable de no recibir ni haber solicitado ninguna otra
subvención para la misma finalidad o actividad, procedente de cualesquiera
Administraciones Públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión
Europea o de otros organismos internacionales, o bien de que se incluye la
documentación justificativa de las subvenciones solicitadas.
Documentación adicional: Al formulario de solicitud se acompañará la
documentación que se indica a continuación:

cve: BOE-B-2021-37591
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 214