I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Policías locales. (BOE-A-2021-14602)
Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de septiembre de 2021

Sec. I. Pág. 108103

Administración General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para poder
prestar, en casos de justificada necesidad, determinados servicios públicos.
II
Este Decreto-ley se estructura en un único artículo modificador de la Ley 4/2013, una
disposición adicional, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres
disposiciones finales.
El artículo único modifica la Ley 4/2013 en los términos siguientes: se modifican los
artículos 28.3 y 34.2, relativos a las equivalencias o convalidaciones entre los cursos y
programas de capacitación para acceder a las diferentes categorías de los cuerpos de
policía local, para dotarlos de coherencia y, al mismo tiempo, prever que las condiciones
del sistema de equivalencias o convalidaciones se debe determinar reglamentariamente;
se modifica sustancialmente el contenido del artículo 41, relativo a la ocupación de
puestos de trabajo con carácter temporal, para lograr el objetivo básico de establecer las
medidas adecuadas que permitan estabilizar las plantillas de las policías locales de los
ayuntamientos de las Illes Balears; se añaden dos nuevas disposiciones adicionales, la
octava y la novena, relativas, respectivamente, a regular la bolsa extraordinaria de
ocupación temporal específica descentralizada por islas, con el fin de dar cobertura a las
necesidades temporales derivadas de situaciones con reserva o vacantes incluidas en la
oferta pública de ocupación, y a regular el régimen disciplinario de los alumnos de la
Escuela Balear de Administración Pública en materia de formación y capacitación
policial.
El Decreto-ley contiene una única disposición adicional, destinada a regular de
manera temporal y en supuestos de justificada necesidad la posibilidad de emplear las
bolsas de personal interino de la Fundación de Atención y Apoyo y de Promoción de la
Autonomía Personal de las Illes Balears para nombrar a funcionarios interinos del cuerpo
auxiliar de la Administración General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Así mismo, el Decreto-ley contiene cuatro disposiciones transitorias, relativas,
respectivamente, a ampliar a dos años la vigencia de los certificados de aptitud física
emitidos por la EBAP desde la entrada en vigor del Reglamento marco de coordinación
de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de
mayo; a regular el reingreso al servicio activo de los funcionarios que se encuentren, en
la entrada en vigor del Decreto-ley, en la situación administrativa de excedencia en el
mismo sentido que el establecido en la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública
de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; a regular la evaluación del personal que,
en la entrada en vigor del Decreto-ley, ocupa puestos de trabajo con carácter temporal, y
a regular la figura de los agentes covid.
La disposición derogatoria deroga todas las disposiciones de igual o inferior rango
que se opongan al Decreto-ley, lo contradigan o resulten incompatibles, y en particular el
apartado 3 del artículo 168 y la letra c) del artículo 184.3 del Reglamento marco de
coordinación de las policías locales de las Illes Balears.
La disposición final primera modifica determinados preceptos del Reglamento marco
de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y añade una nueva
disposición adicional para dotar el Reglamento de la coherencia necesaria con el texto
de la Ley 4/2013 resultante de las modificaciones operadas por el artículo único de esta
ley.
El Decreto-ley se completa con la disposición final segunda, que deslegaliza las
normas contenidas en la disposición final primera, y con la disposición final tercera, que
dispone la entrada en vigor de la Ley el día siguiente de su publicación en el «Boletín
Oficial de las Illes Balears».

cve: BOE-A-2021-14602
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Núm. 214