III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14590)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre creación de un complemento salarial para los docentes de los ciclos formativos de grado superior de los centros privados del ámbito de la Comunidad de Madrid, derivado de lo establecido en el VI Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107958
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14590
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo sobre creación de un complemento
salarial para los docentes de los ciclos formativos de grado superior de los
centros privados del ámbito de la Comunidad de Madrid, derivado de lo
establecido en el VI Convenio colectivo de las empresas de enseñanza
privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Visto el texto del acuerdo sobre creación de un complemento salarial para los
docentes de los ciclos formativos de grado superior de los centros privados del ámbito de
la Comunidad de Madrid, remitido por la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo de
las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos
(código de convenio n.º 99008725011994), publicado en el BOE de 17-08-2013, acuerdo
que fue suscrito, con fecha 25 de marzo de 2021, de una parte por las organizaciones
empresariales EyG-Madrid, CECE-Madrid, UCETAM y FACEPM, en representación de
las empresas del sector en la Comunidad de Madrid, y de otra por los sindicatos FSIEMadrid, USO-Madrid, FESP-UGT Madrid y FREM-CC.OO. Madrid, en representación de
los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo derivado de lo establecido en el referido
Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos
colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Acuerdo sobre creación de un complemento salarial (CRNCM-CFGS) para los docentes
de los ciclos formativos de grado superior de los centros privados del ámbito de la
Comunidad de Madrid para el curso escolar 2020/2021 al amparo del artículo 83.3 del
Estatuto de los Trabajadores y de la disposición adicional octava del VI Convenio
colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con
fondos públicos
Madrid, 25 de marzo de 2021.
El concierto para las enseñanzas de formación profesional de grado superior fue
suprimido de forma unilateral y con carácter general mediante la Orden 2730/2013, de 28
de agosto, para todos los centros privados concertados en aquel momento.
Esta circunstancia produjo, entre otros efectos, la exclusión del sistema de pago
delegado del personal docente afecto a este nivel educativo, y la consiguiente reducción
cve: BOE-A-2021-14590
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107958
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14590
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo sobre creación de un complemento
salarial para los docentes de los ciclos formativos de grado superior de los
centros privados del ámbito de la Comunidad de Madrid, derivado de lo
establecido en el VI Convenio colectivo de las empresas de enseñanza
privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Visto el texto del acuerdo sobre creación de un complemento salarial para los
docentes de los ciclos formativos de grado superior de los centros privados del ámbito de
la Comunidad de Madrid, remitido por la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo de
las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos
(código de convenio n.º 99008725011994), publicado en el BOE de 17-08-2013, acuerdo
que fue suscrito, con fecha 25 de marzo de 2021, de una parte por las organizaciones
empresariales EyG-Madrid, CECE-Madrid, UCETAM y FACEPM, en representación de
las empresas del sector en la Comunidad de Madrid, y de otra por los sindicatos FSIEMadrid, USO-Madrid, FESP-UGT Madrid y FREM-CC.OO. Madrid, en representación de
los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo derivado de lo establecido en el referido
Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos
colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Acuerdo sobre creación de un complemento salarial (CRNCM-CFGS) para los docentes
de los ciclos formativos de grado superior de los centros privados del ámbito de la
Comunidad de Madrid para el curso escolar 2020/2021 al amparo del artículo 83.3 del
Estatuto de los Trabajadores y de la disposición adicional octava del VI Convenio
colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con
fondos públicos
Madrid, 25 de marzo de 2021.
El concierto para las enseñanzas de formación profesional de grado superior fue
suprimido de forma unilateral y con carácter general mediante la Orden 2730/2013, de 28
de agosto, para todos los centros privados concertados en aquel momento.
Esta circunstancia produjo, entre otros efectos, la exclusión del sistema de pago
delegado del personal docente afecto a este nivel educativo, y la consiguiente reducción
cve: BOE-A-2021-14590
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.