III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14593)
Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de BT Global ICT Business Spain, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Lunes 6 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108074

CAPÍTULO XV
Política de formación
Artículo 49.

Política de formación.

Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y en la política que cada año se
apruebe con el contenido concreto de las acciones formativas a acometer.
Sin perjuicio de lo anterior, las personas trabajadoras de BT tendrán derecho a un
permiso retribuido de dos (2) horas al mes para formación en contenidos proporcionados
por o de BT, previo acuerdo son su superior jerárquico sobre las horas concretas de la
realización y el contenido de dicha formación Estas horas podrán acumularse en
periodos superiores al mes, a petición de la persona trabajadora y con la autorización de
su superior jerárquico.
Para poder disfrutar de este permiso, las personas trabajadoras deben acreditar
tanto la realización de la formación como que ésta guarda conexión con su actividad
profesional en el seno de la empresa.
Con la realización de estas acciones formativas se entiende cumplido el derecho a
un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo
que establece el Estatuto de los Trabajadores.
ANEXO I
Tablas salariales
II Convenio colectivo de BT

Función

Servicios Profesionales.

Gestión Operativa.

Gestión Contrato / Oferta.

Salario base anual
(incluye 2 pagas
extras)

Salario
mensual

Prorrateo 2
pagas

Grupo 1.

28.207,59

2.014,83

335,80

Grupo 2.

24.028,69

1.716,33

286,06

Grupo 3.

21.416,87

1.529,78

254,96

Grupo 4.1.

19.327,42

1.380,53

230,09

Grupo 4.2.

17.237,97

1.231,28

205,21

Grupo 1.

28.207,59

2.014,83

335,80

Grupo 2.

24.028,69

1.716,33

286,06

Grupo 3.

21.416,87

1.529,78

254,96

Grupo 4.1.

17.237,97

1.231,28

205,21

Grupo 1.

28.207,59

2.014,83

335,80

Grupo 2.

24.028,69

1.716,33

286,06

Grupo 3.

21.416,87

1.529,78

254,96

Grupo 4.1.

17.237,97

1.231,28

205,21

Grupo profesional

cve: BOE-A-2021-14593
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Tablas vigentes hasta 31 de marzo de 2022