III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14593)
Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de BT Global ICT Business Spain, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Lunes 6 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108050

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14593

Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el II Convenio colectivo de BT Global ICT
Business Spain, SLU.

Visto el texto del II Convenio colectivo de la empresa BT Global ICT Business Spain,
S.L.U. (Código de convenio: 90103892012021), que fue suscrito con fecha 15 de mayo
de 2021, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por la sección sindical de UGT que suma la
mayoría de los miembros del Comité de empresa, en representación de los trabajadores,
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de agosto de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
II CONVENIO COLECTIVO DE BT GLOBAL ICT BUSINESS SPAIN S.L.U.

El presente convenio colectivo responde a la voluntad de ambas partes de dotar a la
empresa BT Global ICT Business Spain S.L.U. (en adelante, «BT» o «la Empresa») de
un marco único de regulación de las condiciones y relaciones laborales de carácter
general para todos los centros y lugares de trabajo de los trabajadores y las trabajadoras
en plantilla de BT (en adelante igualmente referidas como «la plantilla»).
En este sentido, el convenio colectivo tiene por objeto la sistematización y
articulación en un texto único de las condiciones de trabajo y de los pactos o acuerdos
firmados con la representación legal de los trabajadores, así como ajustar las
condiciones colectivas de trabajo a la realidad de la Empresa. Se formaliza al amparo de
lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los Trabajadores.

cve: BOE-A-2021-14593
Verificable en https://www.boe.es

Preámbulo