III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-14583)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Huesca, para el fomento de la formación en ciberseguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107918

la 8.ª Zona de la Guardia Civil de Aragón y dos representantes designados por el
Ayuntamiento de Huesca. Cada una de las partes representadas podrá estar asistida por
los técnicos que consideren convenientes.
La Comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del
presente Convenio y tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir
los objetivos y condiciones estipuladas. Se reunirá con periodicidad anual, como mínimo,
y siempre que, previa convocatoria, lo solicite una de las partes. Podrá actuar mediante
reuniones presenciales o por medios telemáticos y/o electrónicos oportunos que
garanticen su adecuado funcionamiento.
En su primera reunión, la Comisión elegirá a las personas que deban asumir la
presidencia y la secretaría de la misma durante el periodo de vigencia del Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:
a) Evaluar el desarrollo del Convenio y coordinar los trabajos para la consecución
óptima del fin que se persigue.
b) Resolver cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y ejecución del
Convenio y de los diferentes instrumentos jurídicos que, para su aplicación, dicten las
partes.
c) Cualesquiera otras que pudieran surgir, encaminadas a la ejecución y desarrollo
del Convenio.
El funcionamiento de la Comisión se atendrá a lo dispuesto para los órganos
colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Régimen económico.
El presente Convenio no supondrá coste alguno para las partes firmantes, sin
perjuicio de las inversiones futuras que se puedan realizar cuando se disponga de
dotación presupuestaria
Dichas obligaciones se definirán cada año mediante la suscripción de las
correspondientes adendas al Convenio.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente
Convenio no generará indemnización entre las partes al tratarse de un acuerdo que no
genera obligación económica alguna.
Séptima. Confidencialidad y protección de datos.
Las partes se comprometen a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del objeto del
presente Convenio.
Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE)
2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos; y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
A estos efectos, las entidades firmantes del Convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter
personal respectivamente recabados de los alumnos. El acceso a los datos por parte de
una de las entidades al tratamiento de la otra parte, se realizará única y exclusivamente
con la finalidad derivada del objeto del Convenio. Los datos de carácter personal no
serán cedidos ni comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a otros organismos o
Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto del
presente Convenio, actuarán como responsables del tratamiento la Dirección General de
la Policía, la Dirección General de la Guardia Civil y el Ayuntamiento de Huesca,
legitimados sobre la base del consentimiento del interesado para el tratamiento de sus

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Núm. 213