II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-14524)
Resolución de 29 de agosto de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Sábado 4 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 107634
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación
acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección
General de Personal del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música,
ajustándose a los modelos publicados como Anexos a la presente Resolución y se
presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las instancias se presentarán preferentemente de forma telemática a través del
Portal Funciona (https://www.funciona.es/public/funciona/), siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base. Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la
siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR.HH. > Concurso de méritos.
Excepcionalmente, en el caso de que la persona concursante no pueda acceder en
su puesto de trabajo a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de
personal del Ministerio u Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar
dicho acceso. Si ello no resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta
Unidad de personal informará a la persona concursante que la instancia la puede
presentar cumplimentando el Anexo II y demás documentación que aparece publicado
en la página web: (https://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/artesescenicas/sc/empleopublico.html) y dirigirlo a la Unidad de personal del INAEM, la cual asumirá la tramitación
de la solicitud. En todo caso, se garantiza el derecho de las personas concursantes a
presentar su solicitud de participación en el concurso.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado o que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en el Registro General del Ministerio de
Cultura y Deporte (Plaza del Rey 1) y en los demás registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Asimismo, las solicitudes que se cursen por conducto
de las Oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el personal de éstas, antes de ser certificadas.
La forma de presentación no telemática será admitida en los casos expresamente
previstos en esta base. En ningún caso, podrá presentarse de forma no electrónica una
solicitud complementaria a una solicitud electrónica.
2. Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos
hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes
anexos:
– Anexo II: Solicitud de participación.
– Anexo III: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal.
– Certificado/s de méritos específicos expedido/s por el responsable de la unidad
donde el candidato/a haya prestado sus servicios.
– Resto de documentación acreditativa indicada en la Base quinta.
cve: BOE-A-2021-14524
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 212
Sábado 4 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 107634
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación
acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección
General de Personal del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música,
ajustándose a los modelos publicados como Anexos a la presente Resolución y se
presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las instancias se presentarán preferentemente de forma telemática a través del
Portal Funciona (https://www.funciona.es/public/funciona/), siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base. Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la
siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR.HH. > Concurso de méritos.
Excepcionalmente, en el caso de que la persona concursante no pueda acceder en
su puesto de trabajo a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de
personal del Ministerio u Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar
dicho acceso. Si ello no resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta
Unidad de personal informará a la persona concursante que la instancia la puede
presentar cumplimentando el Anexo II y demás documentación que aparece publicado
en la página web: (https://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/artesescenicas/sc/empleopublico.html) y dirigirlo a la Unidad de personal del INAEM, la cual asumirá la tramitación
de la solicitud. En todo caso, se garantiza el derecho de las personas concursantes a
presentar su solicitud de participación en el concurso.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado o que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en el Registro General del Ministerio de
Cultura y Deporte (Plaza del Rey 1) y en los demás registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Asimismo, las solicitudes que se cursen por conducto
de las Oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el personal de éstas, antes de ser certificadas.
La forma de presentación no telemática será admitida en los casos expresamente
previstos en esta base. En ningún caso, podrá presentarse de forma no electrónica una
solicitud complementaria a una solicitud electrónica.
2. Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos
hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes
anexos:
– Anexo II: Solicitud de participación.
– Anexo III: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal.
– Certificado/s de méritos específicos expedido/s por el responsable de la unidad
donde el candidato/a haya prestado sus servicios.
– Resto de documentación acreditativa indicada en la Base quinta.
cve: BOE-A-2021-14524
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.