III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Conciertos educativos. (BOE-A-2021-14560)
Orden EFP/925/2021, de 1 de septiembre, por la que se resuelve la renovación y acceso de los conciertos educativos para el segundo ciclo de educación infantil, educación secundaria obligatoria y ciclos formativos de grado básico a partir del curso académico 2021/2022 en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Sábado 4 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107765

A efectos de impartir el Bachillerato y/o Formación Profesional de Grado Medio que
constituyen, según lo dispuesto en el artículo 3.4 y 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, modificada por la ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre,
enseñanzas postobligatorias, cuyo concierto tendrá carácter singular de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 116.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y
en orden a la prestación del servicio público de la educación en los términos previstos en
la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y, a tenor
de lo dispuesto en los artículos 3.2 y 25 del Reglamento de Normas Básicas sobre
Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE
del 27) las partes que suscriben
ACUERDAN
Acceder / Renovar el concierto educativo singular para ...... unidades de bachillerato
y/o ...... unidades de ciclos formativos de formación profesional en las condiciones que
se mencionan a continuación según lo dispuesto en esta orden, así como los siguientes
apoyos:
a) ..... apoyos (especialistas en Pedagogía Terapéutica) para la integración de
alumnos con necesidades educativas especiales para bachillerato.
b) ..... apoyos (especialistas en Audición y Lenguaje) para la integración de
alumnos con necesidades educativas especiales para bachillerato.
c) ..... apoyos para alumnado con necesidad de compensación educativa para
bachillerato.
d) ..... apoyos (especialistas en Pedagogía Terapéutica) para la integración de
alumnos con necesidades educativas especiales para ciclos formativos de formación
profesional.
e) ..... apoyos (especialistas en Audición y Lenguaje) para la integración de
alumnos con necesidades educativas especiales para ciclos formativos de formación
profesional.
f) ..... apoyos para alumnado con necesidad de compensación educativa para ciclos
formativos de formación profesional.
El número de unidades y de apoyos señalados podrá verse modificado durante el
período de vigencia del concierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del
Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.
El presente concierto se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

El centro docente privado a que se refiere el presente concierto educativo se somete
a las normas establecidas en el título IV de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación y por el capítulo IV del título IV de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la ley Orgánica 3/2020,
de 29 de diciembre, asume las obligaciones derivadas del concierto en los términos
establecidos en dicha normativa y en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos y
en las demás normas que le sean aplicables, así como en este documento
administrativo.

cve: BOE-A-2021-14560
Verificable en https://www.boe.es

Primera.