V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-37234)
Anuncio de Información pública de resolución número 1035/2021, de 13 de agosto, de la Dirección General de Energía, por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Línea a 132 kV aérea-subterránea, doble circuito, entre la subestación Puerto del Rosario y la subestación Gran Tarajal", con número de expediente AT12/016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de septiembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 50798

referencia catastral 35003A00300465 (número parcelario 135), donde solicita la
denegación del proyecto.
98) Don Antonio Hernández Velázquez y Doña Concepción María Cabrera
Álamo, padres de Don Antonio Clemente Hernández Cabrera y Doña Stella del
Carmen Hernández Cabrera. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 8
de mayo 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral
35003A00300466 (número parcelario 134), donde solicita la denegación del
proyecto.
99) Don Antonio Jesús Ramón de Vera Soto y Hermanos. Se presenta escrito
de alegaciones con fecha de 8 de mayo 2012 indicando que son propietarios de
las parcelas con referencias catastrales 35003A00200176 (número parcelario 55) y
35003A0200185 (número parcelario 55), donde solicita la denegación del proyecto.
100) Don Juan Bosco de Vera Linares. Se presenta escrito de alegaciones con
fecha de 8 de mayo 2012 indicando donde se dice que es propietario de la parcela
con referencia catastral 35003A00200081 (número parcelario 49-1), donde solicita
la denegación del proyecto.
3º.b) Respuesta de REE a las alegaciones al proyecto: Frente a estas
alegaciones, REE informa indicando lo siguiente:
a) En relación a los datos que justifican la instalación y que en los últimos años
ha descendido el consumo eléctrico REE informa que estas actuaciones son
consecuencia del elevado crecimiento de la demanda en Fuerteventura y que el
proyecto se encuentra en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de
Energía Eléctrica 2015-2020, en el que la Comunidad Autónoma de Canarias ha
participado.
b) En relación a que no se analizan todas las alternativas y sobre el impacto
paisajístico, visual y económico REE informa que el estudio de impacto ambiental
tiene como primer objetivo proporcionar los datos necesarios para definir
alternativas y elegir la solución óptima desde el punto de vista medioambiental,
técnico, social y económico.
c) En relación a que el terreno según el PIOF es rústico y que se encuentran
en zonas de gavias destinadas a cultivos, REE informa que la instalación no
supone ninguna limitación sobre el aprovechamiento que se venga desarrollando
sobre las mismas, exceptuando la superficie de ocupación del apoyo y anillo de
tierra.
d) En relación a que según los Artículos 4, 25 DV, 55DV, 56DO y 57DV del
PIOF, al respecto del soterramiento la línea, REE informa que la implantación de
las instalaciones eléctricas en el territorio los PIO, en general, destacan la
obligatoriedad de la Ordenación e implantación en el territorio de las
infraestructuras eléctricas de relevancia (centrales de producción de energía, red
de transporte y subestaciones) mediante Planes Territoriales Especiales. Que el
Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructuras Energéticas para la Isla
de Fuerteventura aún no ha sido aprobado y que REE atiende a lo establecido en
la Planificación Eléctrica establece que todas las líneas de la red de transporte se
plantean como aéreas, salvo que por condicionantes insalvables sea necesaria la
instalación de cables aislados.

cve: BOE-B-2021-37234
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Núm. 212