III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-14514)
Resolución de 25 de agosto de 2021, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de León, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211

Viernes 3 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107584

de la Universidad, aprobados por Acuerdo de la Junta de Castilla y León n.º 243/2003,
de 23 de octubre (BOCyL n.º 210, de 29 de octubre), fomentar las prácticas y
estancias en empresas y organismos que contribuyan a la formación de los
estudiantes en combinación con su actividad académica.
Segundo.
Que el Organismo Autónomo Parques Nacionales (en adelante, OAPN) es un
organismo autónomo de los regulados en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, adscrito al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con la Disposición adicional séptima del
Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Al OAPN le corresponde, entre otras funciones establecidas en el Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril, el apoyo, como medio instrumental para el desarrollo
de acciones concretas, al desarrollo de las políticas del departamento en materia de
biodiversidad, conservación y uso sostenible de los recursos naturales, conservación de
fauna, flora, hábitat y ecosistemas naturales en el medio terrestre y marino, así como la
prestación al público de servicios de información y documentación especializados en
materia de espacios protegidos, conservación de la naturaleza, divulgación,
comunicación y educación ambiental.
Tercero.
Que es voluntad de las partes colaborar en la formación práctica de los estudiantes
universitarios, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
Por todo ello, deciden concertar el presente Convenio al amparo de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.

El Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el OAPN y la
ULE, para el desarrollo de un programa de prácticas académicas externas curriculares y
extracurriculares para los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por
la mencionada Universidad, en los términos recogidos en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios. También resultará de aplicación el Reglamento por el que se
regulan las prácticas externas en los estudios de Grado, Máster y Doctorado de la
Universidad de León, aprobado por el Consejo de Gobierno en reunión, de 2 de octubre
de 2014.
Las prácticas podrán incluir, en su caso, la realización del Trabajo Fin de Grado o
Máster, y se desarrollarán durante los meses que dure el curso académico.
Segunda. Proyecto formativo.
El proyecto formativo a realizar por los estudiantes universitarios deberá fijar los
objetivos educativos y las actividades a desarrollar y será aprobado por la comisión de
seguimiento regulada en la cláusula undécima. Asimismo, los contenidos de las prácticas
se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con
los estudios cursados.

cve: BOE-A-2021-14514
Verificable en https://www.boe.es

Primera.