III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comisiones de trabajo. (BOE-A-2021-14513)
Orden PCM/920/2021, de 1 de septiembre, por la que se crea y regula el Consejo Asesor para España Nación Emprendedora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211

Viernes 3 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107581

aprecie la pérdida de los requisitos que determinaron su designación, previa audiencia
del interesado.
2. En todo caso, los vocales cesarán por renuncia, por finalización del tiempo de su
mandato, por incapacidad permanente, por la pérdida de los requisitos que determinaron
su designación, apreciada por decisión de la persona titular del Alto Comisionado para
España Nación Emprendedora en los términos previstos en el apartado anterior.
Artículo 6.

De la presidencia, las vicepresidencias y la secretaría.

1. Corresponde a la persona titular de la presidencia del Consejo Asesor para
España Nación Emprendedora:
a) La representación general del Consejo en su ámbito de competencias.
b) La presidencia de las reuniones del Consejo.
c) La convocatoria de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo.
2.

Corresponde a las personas titulares de las vicepresidencias:

a) La sustitución de la persona que ostente la presidencia en caso de vacante,
ausencia, enfermedad u otra causa legal, por el correspondiente orden de prelación
recogido en el artículo 4.1 de esta Orden.
b) El apoyo a la persona que ostente la presidencia en el mantenimiento y
coordinación del funcionamiento del Consejo.
c) Las demás funciones que le atribuya la persona que ostente la presidencia.
3.

Corresponde a la persona que ostente la secretaría:

a) La preparación del orden del día de las convocatorias.
b) Las tareas de archivo, documentación y servicios de apoyo técnico al Consejo.
c) La convocatoria, por orden de la persona titular de la Presidencia, de sus
reuniones y levantar las correspondientes actas.

1. El Consejo podrá actuar en Pleno y en Comisión Permanente.
2. El Pleno estará constituido por la persona titular de la presidencia, las personas
que ostenten las vicepresidencias y el resto de vocales designados en representación
del ecosistema emprendedor e innovador. Se reunirá una vez al año de manera ordinaria
y de manera extraordinaria, a petición de la propia presidencia de manera justificada por
la urgencia o importancia de los temas a tratar.
3. La Comisión Permanente estará compuesta por una persona en representación
del Alto Comisionado para España Nación Emprendedora, que la presidirá, y quince
vocales designados, entre los miembros del Consejo, por la persona titular del Alto
Comisionado para España Nación Emprendedora.
La Comisión Permanente se reunirá al menos dos veces al año, y ejercerá las
funciones de preparación y coordinación de los trabajos para el desarrollo de las
sesiones plenarias y aquellas otras que le delegue el Pleno.
4. La persona titular de la presidencia del Consejo podrá constituir ponencias
especializadas de carácter temporal para el estudio de asuntos concretos. Estas
ponencias, que tendrán la consideración de grupos de trabajo del Consejo, estarán
presididas por uno de los miembros del Consejo, designado por la persona titular de la
presidencia. Sus informes no tendrán carácter vinculante.
5. Los informes del Pleno, de la Comisión Permanente y de las ponencias no
tendrán carácter vinculante.
6. En lo no previsto por la presente Orden, el Consejo Asesor para España Nación
Emprendedora ajustará su funcionamiento a las normas generales de actuación de los

cve: BOE-A-2021-14513
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 7. Funcionamiento.