II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-14423)
Resolución 452/38332/2021, de 30 de agosto, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo con titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Jueves 2 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 107142
2.3 Cuando los aspirantes no dispongan de los medios electrónicos adecuados, se
podrá cumplimentar la solicitud en las oficinas de asistencia en materia de registros
relacionadas en la Orden DEF/1292/2018, de 27 de noviembre, así como en las Oficinas
Delegadas o Áreas de Reclutamiento dependientes de las Subdelegaciones de Defensa.
Se procederá como se indica en el apéndice 1, punto 2.1.
2.4 Cuando por una incidencia técnica debidamente acreditada sea imposible el
acceso a la página web, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
informará de esta circunstancia oportunamente a través de la dirección electrónica: http://
reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/. En este caso, la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar podrá determinar una ampliación de los plazos no
vencidos para la solicitud de admisión. En todo caso, la presentación de solicitudes
podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
2.5 Alcanzada la fecha de presentación en los CDMF, la direcciones SIMENDEF y
de correo electrónico serán canceladas. A partir de dicho momento, toda comunicación
será dirigida a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar o a la
Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y
Reservistas de Especial Disponibilidad a través de las direcciones y cuentas no
vinculadas a los procesos de selección.
3. Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación exigida
quedarán excluidos del proceso de selección y sus actuaciones quedarán anuladas.
4. Una vez iniciado el proceso de selección, los aspirantes podrán tener contacto
con el Órgano de Selección a través de la dirección de correo electrónico señalada en
esta base. El contenido de los correos tiene una finalidad informativa, careciendo de
cualquier eficacia administrativa como argumento en recursos, peticiones o
reclamaciones.
Quinta.
Admisión de aspirantes.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar publicará –con efectos de notificación oficial– en la
página web de reclutamiento del Ministerio de Defensa (con acceso directo a través de la
dirección
electrónica:
http://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/),
una
resolución que, con carácter provisional, incluirá:
Los aspirantes omitidos y excluidos condicionales dispondrán de un plazo de diez
(10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución
en la dirección electrónica indicada, para subsanar la omisión o el defecto que haya
motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan encontrado errores en
la consignación de sus datos personales o deseen desistir del procedimiento podrán
manifestarlo en el mismo plazo. En ambos casos, los escritos de subsanación,
alegaciones y/o desistimientos se remitirán a la Dirección General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar como se indica en el punto 2.2 de la base anterior.
Resueltas las alegaciones, reclamaciones o, en su caso, aceptados los
desistimientos, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar dictará una
resolución por la que se aprueben los listados definitivos de aspirantes admitidos y
excluidos.
cve: BOE-A-2021-14423
Verificable en https://www.boe.es
1. Relación de aspirantes admitidos.
2. Relación de aspirantes excluidos y excluidos condicionales, con indicación de las
causas de exclusión.
3. El lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba y, en su caso, el orden
de actuación de los aspirantes al que se refiere la base séptima, así como el número de
identificación del opositor (NIO).
Núm. 210
Jueves 2 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 107142
2.3 Cuando los aspirantes no dispongan de los medios electrónicos adecuados, se
podrá cumplimentar la solicitud en las oficinas de asistencia en materia de registros
relacionadas en la Orden DEF/1292/2018, de 27 de noviembre, así como en las Oficinas
Delegadas o Áreas de Reclutamiento dependientes de las Subdelegaciones de Defensa.
Se procederá como se indica en el apéndice 1, punto 2.1.
2.4 Cuando por una incidencia técnica debidamente acreditada sea imposible el
acceso a la página web, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
informará de esta circunstancia oportunamente a través de la dirección electrónica: http://
reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/. En este caso, la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar podrá determinar una ampliación de los plazos no
vencidos para la solicitud de admisión. En todo caso, la presentación de solicitudes
podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
2.5 Alcanzada la fecha de presentación en los CDMF, la direcciones SIMENDEF y
de correo electrónico serán canceladas. A partir de dicho momento, toda comunicación
será dirigida a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar o a la
Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y
Reservistas de Especial Disponibilidad a través de las direcciones y cuentas no
vinculadas a los procesos de selección.
3. Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación exigida
quedarán excluidos del proceso de selección y sus actuaciones quedarán anuladas.
4. Una vez iniciado el proceso de selección, los aspirantes podrán tener contacto
con el Órgano de Selección a través de la dirección de correo electrónico señalada en
esta base. El contenido de los correos tiene una finalidad informativa, careciendo de
cualquier eficacia administrativa como argumento en recursos, peticiones o
reclamaciones.
Quinta.
Admisión de aspirantes.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar publicará –con efectos de notificación oficial– en la
página web de reclutamiento del Ministerio de Defensa (con acceso directo a través de la
dirección
electrónica:
http://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/),
una
resolución que, con carácter provisional, incluirá:
Los aspirantes omitidos y excluidos condicionales dispondrán de un plazo de diez
(10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución
en la dirección electrónica indicada, para subsanar la omisión o el defecto que haya
motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan encontrado errores en
la consignación de sus datos personales o deseen desistir del procedimiento podrán
manifestarlo en el mismo plazo. En ambos casos, los escritos de subsanación,
alegaciones y/o desistimientos se remitirán a la Dirección General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar como se indica en el punto 2.2 de la base anterior.
Resueltas las alegaciones, reclamaciones o, en su caso, aceptados los
desistimientos, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar dictará una
resolución por la que se aprueben los listados definitivos de aspirantes admitidos y
excluidos.
cve: BOE-A-2021-14423
Verificable en https://www.boe.es
1. Relación de aspirantes admitidos.
2. Relación de aspirantes excluidos y excluidos condicionales, con indicación de las
causas de exclusión.
3. El lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba y, en su caso, el orden
de actuación de los aspirantes al que se refiere la base séptima, así como el número de
identificación del opositor (NIO).