II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2021-14422)
Resolución de 26 de agosto de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se convoca concurso ordinario n.º 310 para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Jueves 2 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 107126

3.º Mediante representante, en cuyo caso deberá presentarse en el Registro
General del Ministerio de Justicia, en la dirección:
https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/comunicaciones-registradores
En caso de que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o
distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos
los efectos la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las
restantes solicitudes.
Una vez presentadas las solicitudes, no se podrá desistir de las pretensiones
formuladas en ellas ni modificarlas.
Se tendrán por no presentadas aquellas solicitudes que se presenten de forma
distinta a la prevista en esta convocatoria.
Quinta.

Modificaciones posteriores.

Cualquier modificación o rectificación posterior que pudiera producirse con relación a
las resoluciones de convocatoria será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y
abrirá de nuevo el plazo de presentación de instancias.
Sexta. Resolución.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y la Dirección General de
Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación, a los efectos de la resolución del concurso en
sus respectivos ámbitos, analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes
presentadas.
Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública dictará Resolución que comprenderá las adjudicaciones respecto de las
vacantes ubicadas en el territorio español, con excepción de la Comunidad Autónoma de
Cataluña. Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se
comunicará a las Comunidades Autónomas afectadas con el objeto de que por el órgano
competente de las mismas se proceda al nombramiento de los Registradores que deban
ocupar plazas situadas en territorio de su competencia.
Séptima. Recurso.
La presente convocatoria podrá ser impugnada en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2021-14422
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 26 de agosto de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.