III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14395)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Ilunion Seguridad, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Miércoles 1 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107003

Empresas de Seguridad para los años 2005-2008, percibirán la cuantía mensual
establecida en el artículo 72 a) para el Plus de Peligrosidad.
En caso de que estos trabajadores/as realizasen el servicio con arma, el importe del
Plus Funcional de Peligrosidad devengado, de acuerdo con el citado artículo 72, queda
absorbido total o parcialmente por esa cuantía.
Asimismo, los vigilantes a quienes se garantiza tal percepción no podrán rehusar el
requerimiento por parte de la empresa para prestar servicios con arma, bajo condición de
pérdida de la cuantía correspondiente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 41
del Estatuto de los Trabajadores.
Los importes del Plus de peligrosidad a que se hace referencia en este convenio
podrán ser abonados por la empresa en once pagas, incluyéndose en las mismas las
partes proporcionales de pagas extraordinarias y vacaciones.
Disposición final única.
Los acuerdos que se alcancen en la Mesa Negociadora del Convenio Estatal de
Empresas de Seguridad y se incluyan en el mismo, como consecuencia de las Mesas
Técnicas de Trabajo creadas, o bien por adaptación a las diferentes normas que puedan
afectar al sector de Seguridad, especialmente el próximo Reglamento de Seguridad
Privada, harán que se convoque, con carácter inmediato, a la Comisión Negociadora de
este convenio, a fin de adaptar su contenido a la modificación.
Ambas partes acuerdan que en caso de que a lo largo de la vigencia del presente
Convenio se publicara alguna disposición distinta de las mencionadas que afectara al
contenido del presente texto, se convocará con carácter inmediato a la Comisión
Negociadora a fin de adaptar su contenido en lo que pudiera quedar modificado.
Anexo de salarios y otras retribuciones año 2021
Salario base Plus peligrosidad Plus actividad Plus transporte Plus vestuario

Total

Director General.

1.899,33

115,52

2.014,85

Director Comercial.

1.714,12

115,52

1.829,64

Director Financiero.

1.714,12

115,52

1.829,64

Director Tecnico y/o de oper./RRLL.

1.714,12

115,52

1.829,64

Director RRHH.

1.714,12

115,52

1.829,64

Jefe de Administracion de personal.

1.528,86

115,52

1.644,38

Jefe de Seguridad.

1.528,86

115,52

1.644,38

Titulado de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado
Superior).

1.528,86

115,52

1.644,38

Titulado de Grado (y antiguo Titulado Medio).

1.343,59

115,52

1.459,11

Técnico de Prevención de Nivel Superior.

1.343,59

115,52

1.459,11

Delegado-Gerente.

1.343,59

115,52

1.459,11

Personal Administrativo
A) Administrativos:
Jefe de Primera.

1.271,84

71,75

115,52

1.459,11

Jefe de Segunda.

1.186,56

82,98

115,52

1.385,06

Oficial de Primera.

1.027,91

105,77

115,52

1.249,20

973,12

111,16

115,52

1.199,80

Oficial de Segunda.

cve: BOE-A-2021-14395
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Personal Directivo, Titulado y Técnico