III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14395)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Ilunion Seguridad, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Niveles funcionales
Operador de soporte técnico.
Sec. III. Pág. 106960
Euros/quinquenio
35,25
Personal de Oficios Varios
Oficial de Primera.
49,00
Oficial de Segunda.
38,78
Ayudante.
32,34
Personal Subalterno
Conductor.
39,24
Ordenanza.
35,60
Jefe de almacén.
35,60
c) La acumulación de los incrementos salariales por antigüedad que resultaren
aplicables en régimen tanto de trienios como quinquenios, no podrán en ningún caso,
suponer más del 10 % del salario base a los 5 años, del 25 % a los 15 años, del 40 % a
los 20 años y del 60 %, como máximo, a los 25 o más años.
Artículo 44.
Complementos de puesto de trabajo.
En el caso de que realizaran parte o la totalidad del servicio con arma, percibirán el
importe correspondiente a las horas realizadas con arma, siempre y cuando esta
cantidad mensual superara los importes mínimos garantizados previstos en el párrafo
precedente, quedando éstos subsumidos en dicha cantidad mensual. Es decir, percibirá
el mayor importe de las dos cuantías, nunca la suma de ambas.
Los importes del plus de peligrosidad señalados en este apartado letra a) puntos 2
y 3, podrán ser abonados por las empresas en once pagas, incluyéndose en las mismas
las partes proporcionales de pagas extraordinarias y vacaciones.
b) Plus escolta. El personal descrito en el artículo 32 c), cuando realice las
funciones establecidas en el citado precepto, percibirá, como mínimo por tal concepto, la
cantidad de 262,36 euros mensuales o 1,62 euros por hora efectiva como complemento
para el año 2021.
cve: BOE-A-2021-14395
Verificable en https://www.boe.es
a) Peligrosidad. El personal operativo de vigilancia y explosivos que, por el
especial cometido de su función, esté obligado por disposición legal a llevar un arma de
fuego, percibirá mensualmente, por este concepto, el complemento salarial señalado en
el presente artículo o en el Anexo de este convenio.
1. Los Vigilantes de Seguridad de Transporte de Explosivos Conductores, y
Vigilantes de Explosivos, percibirán mensualmente, por este concepto, los importes que
figuran en las tablas de retribuciones del Anexo de este convenio.
El importe del Plus de Peligrosidad para los Vigilantes de Seguridad de Transporte
de Explosivos-Conductor, Vigilantes de Seguridad de Transporte de Explosivos será
de 160,60 euros para el año 2021.
El Vigilante de Seguridad de Explosivos, percibirá por este concepto 176,51 euros
para el año 2021.
2. Los Vigilantes de Seguridad de Vigilancia cuando realicen servicio con arma de
fuego reglamentaria percibirán un plus de peligrosidad de 150,80 euros al mes o un
precio por hora de 0,93 euros durante el año 2021.
3. Sin perjuicio de la naturaleza del plus de peligrosidad como plus funcional, se
garantiza a todos los vigilantes de seguridad del servicio de vigilancia que realicen
servicios sin arma la percepción de un plus de peligrosidad mínimo equivalente a 20,19
euros el año 2021.
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Niveles funcionales
Operador de soporte técnico.
Sec. III. Pág. 106960
Euros/quinquenio
35,25
Personal de Oficios Varios
Oficial de Primera.
49,00
Oficial de Segunda.
38,78
Ayudante.
32,34
Personal Subalterno
Conductor.
39,24
Ordenanza.
35,60
Jefe de almacén.
35,60
c) La acumulación de los incrementos salariales por antigüedad que resultaren
aplicables en régimen tanto de trienios como quinquenios, no podrán en ningún caso,
suponer más del 10 % del salario base a los 5 años, del 25 % a los 15 años, del 40 % a
los 20 años y del 60 %, como máximo, a los 25 o más años.
Artículo 44.
Complementos de puesto de trabajo.
En el caso de que realizaran parte o la totalidad del servicio con arma, percibirán el
importe correspondiente a las horas realizadas con arma, siempre y cuando esta
cantidad mensual superara los importes mínimos garantizados previstos en el párrafo
precedente, quedando éstos subsumidos en dicha cantidad mensual. Es decir, percibirá
el mayor importe de las dos cuantías, nunca la suma de ambas.
Los importes del plus de peligrosidad señalados en este apartado letra a) puntos 2
y 3, podrán ser abonados por las empresas en once pagas, incluyéndose en las mismas
las partes proporcionales de pagas extraordinarias y vacaciones.
b) Plus escolta. El personal descrito en el artículo 32 c), cuando realice las
funciones establecidas en el citado precepto, percibirá, como mínimo por tal concepto, la
cantidad de 262,36 euros mensuales o 1,62 euros por hora efectiva como complemento
para el año 2021.
cve: BOE-A-2021-14395
Verificable en https://www.boe.es
a) Peligrosidad. El personal operativo de vigilancia y explosivos que, por el
especial cometido de su función, esté obligado por disposición legal a llevar un arma de
fuego, percibirá mensualmente, por este concepto, el complemento salarial señalado en
el presente artículo o en el Anexo de este convenio.
1. Los Vigilantes de Seguridad de Transporte de Explosivos Conductores, y
Vigilantes de Explosivos, percibirán mensualmente, por este concepto, los importes que
figuran en las tablas de retribuciones del Anexo de este convenio.
El importe del Plus de Peligrosidad para los Vigilantes de Seguridad de Transporte
de Explosivos-Conductor, Vigilantes de Seguridad de Transporte de Explosivos será
de 160,60 euros para el año 2021.
El Vigilante de Seguridad de Explosivos, percibirá por este concepto 176,51 euros
para el año 2021.
2. Los Vigilantes de Seguridad de Vigilancia cuando realicen servicio con arma de
fuego reglamentaria percibirán un plus de peligrosidad de 150,80 euros al mes o un
precio por hora de 0,93 euros durante el año 2021.
3. Sin perjuicio de la naturaleza del plus de peligrosidad como plus funcional, se
garantiza a todos los vigilantes de seguridad del servicio de vigilancia que realicen
servicios sin arma la percepción de un plus de peligrosidad mínimo equivalente a 20,19
euros el año 2021.