T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-13016)
Sala Primera. Sentencia 132/2021, de 21 de junio de 2021. Recurso de amparo 4265-2020. Promovido por doña Rachida Kaouay respecto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga que agravó, en apelación, la condena que le había sido impuesta por un juzgado de lo penal de Melilla como autora de un delito de tráfico de drogas. Vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva (reformatio in peius) y a un proceso con todas las garantías: sentencia que agrava la condena impuesta fundándose en la existencia de un error, padecido en la primera instancia, en la aplicación de la ley y sin que mediara petición al respecto de las partes acusadoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Sábado 31 de julio de 2021
Sec. TC. Pág. 93276
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13016
Sala Primera. Sentencia 132/2021, de 21 de junio de 2021. Recurso de
amparo 4265-2020. Promovido por doña Rachida Kaouay respecto de la
sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga que agravó, en apelación, la
condena que le había sido impuesta por un juzgado de lo penal de Melilla
como autora de un delito de tráfico de drogas. Vulneración de los derechos a
la tutela judicial efectiva (reformatio in peius) y a un proceso con todas las
garantías: sentencia que agrava la condena impuesta fundándose en la
existencia de un error, padecido en la primera instancia, en la aplicación de la
ley y sin que mediara petición al respecto de las partes acusadoras.
ECLI:ES:TC:2021:132
La Sala Primera del Tribunal Constitucional compuesta por el magistrado don Juan
José González Rivas, presidente; los magistrados, don Andrés Ollero Tassara,
don Santiago Martínez-Vares García, don Alfredo Montoya Melgar, don Cándido CondePumpido Tourón y la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 4265-2020, promovido por doña Rachida Kaouay,
representada por el procurador de los tribunales don José Luis Ybancos Torres, bajo la
dirección letrada de don José Antonio Palau Cuevas, contra la providencia de la Sección
Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga de 28 de julio de 2020, que no admitió a
trámite el incidente de nulidad de actuaciones promovido frente a la sentencia de 24 de
junio de 2020 (rollo de apelación núm. 16-2020), que revocó parcialmente la sentencia
del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Melilla de 26 de noviembre de 2019 (procedimiento
abreviado núm. 87-2019), condenatoria de la recurrente como autora de un delito de
tráfico de drogas. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la magistrada
doña María Luisa Balaguer Callejón.
I.
Antecedentes
2.
El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes:
a) La recurrente fue condenada por sentencia de 26 de noviembre de 2019,
del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Melilla (procedimiento abreviado núm. 87-2019),
como autora de un delito contra la salud pública del art. 368 del Código Penal (CP), en
relación con el art. 369.1.5 CP, a la pena de dos años de prisión, inhabilitación especial
para ejercer el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 2 700 000 €,
con seis meses de responsabilidad personal subsidiara para el caso de impago. En dicha
cve: BOE-A-2021-13016
Verificable en https://www.boe.es
1. El procurador de los tribunales don José Luis Ybancos Torres, en nombre y
representación de doña Rachida Kaouay, y bajo la dirección del letrado don José Antonio
Palau Cuevas, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales que se
mencionan en el encabezamiento de esta sentencia, mediante escrito registrado en este
tribunal el 9 de septiembre de 2020.
Núm. 182
Sábado 31 de julio de 2021
Sec. TC. Pág. 93276
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13016
Sala Primera. Sentencia 132/2021, de 21 de junio de 2021. Recurso de
amparo 4265-2020. Promovido por doña Rachida Kaouay respecto de la
sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga que agravó, en apelación, la
condena que le había sido impuesta por un juzgado de lo penal de Melilla
como autora de un delito de tráfico de drogas. Vulneración de los derechos a
la tutela judicial efectiva (reformatio in peius) y a un proceso con todas las
garantías: sentencia que agrava la condena impuesta fundándose en la
existencia de un error, padecido en la primera instancia, en la aplicación de la
ley y sin que mediara petición al respecto de las partes acusadoras.
ECLI:ES:TC:2021:132
La Sala Primera del Tribunal Constitucional compuesta por el magistrado don Juan
José González Rivas, presidente; los magistrados, don Andrés Ollero Tassara,
don Santiago Martínez-Vares García, don Alfredo Montoya Melgar, don Cándido CondePumpido Tourón y la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 4265-2020, promovido por doña Rachida Kaouay,
representada por el procurador de los tribunales don José Luis Ybancos Torres, bajo la
dirección letrada de don José Antonio Palau Cuevas, contra la providencia de la Sección
Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga de 28 de julio de 2020, que no admitió a
trámite el incidente de nulidad de actuaciones promovido frente a la sentencia de 24 de
junio de 2020 (rollo de apelación núm. 16-2020), que revocó parcialmente la sentencia
del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Melilla de 26 de noviembre de 2019 (procedimiento
abreviado núm. 87-2019), condenatoria de la recurrente como autora de un delito de
tráfico de drogas. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la magistrada
doña María Luisa Balaguer Callejón.
I.
Antecedentes
2.
El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes:
a) La recurrente fue condenada por sentencia de 26 de noviembre de 2019,
del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Melilla (procedimiento abreviado núm. 87-2019),
como autora de un delito contra la salud pública del art. 368 del Código Penal (CP), en
relación con el art. 369.1.5 CP, a la pena de dos años de prisión, inhabilitación especial
para ejercer el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 2 700 000 €,
con seis meses de responsabilidad personal subsidiara para el caso de impago. En dicha
cve: BOE-A-2021-13016
Verificable en https://www.boe.es
1. El procurador de los tribunales don José Luis Ybancos Torres, en nombre y
representación de doña Rachida Kaouay, y bajo la dirección del letrado don José Antonio
Palau Cuevas, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales que se
mencionan en el encabezamiento de esta sentencia, mediante escrito registrado en este
tribunal el 9 de septiembre de 2020.