II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personal laboral. (BOE-A-2021-12992)
Resolución de 29 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral fijo, fuera de convenio, en el marco de estabilización de empleo temporal de la Administración General del Estado, en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Sábado 31 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 93082
1.9 Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de
las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» del 17).
1.10 La presente Resolución y los actos que se deriven de ella se publicarán, al
menos en la página web www.imserso.es, en el punto de acceso general
www.administracion.gob.es y en la página web www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/
funcion-publica.html
2.
Requisitos de los candidatos/as
2.1 Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo los/las aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1
Nacionalidad:
2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se
señala en el anexo II, a la fecha de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar,
en el plazo previsto en la base 3.2, que están en posesión de la correspondiente
credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de
equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido
el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/sometida a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
Igualmente serán excluidos los aspirantes que pertenezcan como personal laboral
fijo de fuera de convenio al mismo perfil a cuyas pruebas selectivas se presenta.
cve: BOE-A-2021-12992
Verificable en https://www.boe.es
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles/as y de los/las
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los/las ascendientes directos/as y los/las de su cónyuge que vivan a su cargo, sus
descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los/as extranjeros/as que no estando incluidos en los párrafos anteriores se
encuentren con residencia legal en España.
Núm. 182
Sábado 31 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 93082
1.9 Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de
las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» del 17).
1.10 La presente Resolución y los actos que se deriven de ella se publicarán, al
menos en la página web www.imserso.es, en el punto de acceso general
www.administracion.gob.es y en la página web www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/
funcion-publica.html
2.
Requisitos de los candidatos/as
2.1 Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo los/las aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1
Nacionalidad:
2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se
señala en el anexo II, a la fecha de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar,
en el plazo previsto en la base 3.2, que están en posesión de la correspondiente
credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de
equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido
el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/sometida a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
Igualmente serán excluidos los aspirantes que pertenezcan como personal laboral
fijo de fuera de convenio al mismo perfil a cuyas pruebas selectivas se presenta.
cve: BOE-A-2021-12992
Verificable en https://www.boe.es
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles/as y de los/las
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los/las ascendientes directos/as y los/las de su cónyuge que vivan a su cargo, sus
descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los/as extranjeros/as que no estando incluidos en los párrafos anteriores se
encuentren con residencia legal en España.