III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Fundación Residencia de Estudiantes. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-12933)
Resolución de 22 de julio de 2021, de la Fundación Residencia de Estudiantes, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2020 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Viernes 30 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 92843

Aunque el acuerdo marco firmado el 4 de septiembre de 1990 entre el Consejo Superior de Investigaciones
Científicas y la Residencia continuaba vigente, ambas partes coincidiendo en la conveniencia de firmar un
nuevo convenio que lo sustituyera suscribieron el mismo con fecha 13 de diciembre de 2011. En este nuevo
acuerdo se establecen las obligaciones de ambas partes con el fin de posibilitar el uso de los edificios y
jardines de acuerdo a las condiciones anteriores.
El instrumento jurídico en virtud del cual se produce el uso de los edificios no es una cesión (regulada en los
artículos 145 a 151 de la Ley 3 3/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas)
sino una autorización de uso, de acuerdo con el artículo 90.2 de esta misma Ley. Dicha autorización de uso
“no supone, en modo alguno, la cesión del dominio o de cualesquiera facultades dominicales sobre el
inmueble, ni la imposición sobre el mismo de carga ni gravamen alguno”.
La Fundación viene entendiendo que no debe hacer ninguna valoración en las cuentas anuales de la
autorización especial efectuada por la Orden PRE/3 147/2011, de 18 de noviembre conforme a lo establecido
en el Real Decreto 1491/2011, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de
Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, ya que los citados edificios están considerados bienes de
interés cultural y no han podido valorarse de manera fiable. La Fundación además ha tomado en
consideración que en las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines
lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos no se citan expresamente las
autorizaciones especiales de uso de bienes de dominio público reguladas en el artículo 90.2 de la Ley
33/2003. La Fundación podría estudiar en un futuro la posibilidad y conveniencia de valorar la autorización
especial de uso, si se pudiese llegar a obtener un valor fiable de los bienes.
La política de la Fundación ha formalizado pólizas de seguros para cubrir los posibles riesgos a que están
sujetos los diversos elementos de su inmovilizado material. La Dirección de la Fundación estima que las
coberturas actuales son apropiadas.
6. Bienes del Patrimonio Histórico.
El movimiento habido durante los ejercicios 2020 y 2019 en las diferentes cuentas de este epígrafe del activo
del balance de situación ha sido el siguiente:
Euros
Saldo al

Adiciones

31/12/2018

Saldo al

Adiciones

31/12/2019

Saldo al
31/12/2020

Coste:
Bienes del Patrimonio
Histórico

1.606.038

101.213

1.707.251

20.542

1.727.793

Las adiciones de "Bienes del Patrimonio Histórico" corresponden a obras arte, libros y revistas y otros
materiales de archivo adquiridos por la Fundación bien en subastas públicas, bien mediante compra directa a
empresas o particulares. En las adiciones de 2019 se incluyen así mismo las donaciones de bienes recibidas
en dicho ejercicio correspondientes a diversos bienes de los legados de Francisco Bores y de Manuel Arce,
valoradas respectivamente en 28.190 euros y 25.000 euros.

Los archivos y fondos bibliográficos de la Residencia de Estudiantes han sido incluidos en esta partida de
acuerdo con la Ley de Patrimonio Histórico que dispone que:
-

Son archivos los conjuntos orgánicos de documentos, o la reunión de varios de ellos, reunidos
por las personas jurídicas públicas o privadas, en el ejercicio de sus actividades, al servicio de su
utilización para la investigación, la cultura, la información y la gestión administrativa. Asimismo,
se entienden por Archivos las instituciones culturales donde se reúnen, conservan, ordenan y
difunden para los fines anteriormente mencionados dichos conjuntos orgánicos.

cve: BOE-A-2021-12933
Verificable en https://www.boe.es

La Fundación formaliza pólizas de seguros para cubrir los posibles riesgos a que están sujetos los diversos
elementos de su activo. La Dirección de la Fundación estima que las coberturas actuales son apropiadas.