III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-12938)
Resolución de 20 de julio de 2021, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la mejora de la calidad de la enseñanza universitaria, a través de la acreditación de las actividades de evaluación y certificación de sistemas de garantía interna de calidad de la Cátedra de Calidad "Ciudad de Tudela".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92898
La UNED, y de forma específica su Cátedra de Calidad «Ciudad de Tudela», se
compromete a:
– Facilitar el acceso a ANECA, con carácter anual, a toda la documentación
generada en los procesos de auditoría que se hayan llevado a cabo durante ese periodo,
así como de la documentación interna que elabore la propia Cátedra para regular el
proceso de certificación.
– Proporcionar a ANECA un calendario con las auditorías previstas para cada año
natural, con suficiente antelación, de manera que ANECA pueda elegir entre las
programadas aquella que desee sea objeto de auditoría por su parte.
– Facilitar a ANECA la información necesaria de las partes intervinientes en el
proceso (equipo auditor y centro asociado) de manera que ésta pueda elegir el lugar y
las audiencias donde llevará a cabo sus auditorías.
– Así mismo, canalizar el contacto con las partes intervinientes en la auditoría
elegida por ANECA de manera que pueda organizar su propia actividad de auditoría.
– Subsanar todas aquellas cuestiones que desde ANECA se establezcan como
acciones de mejora necesarias, bien en los informes de seguimiento semestrales, bien
en las auditorías periódicas.
– Gestionar los viajes que sea necesario realizar por el equipo auditor de ANECA,
abonando los desplazamientos y alojamiento que correspondan.
Tercera.
Obligaciones económicas.
La UNED abonará con cargo a sus presupuestos, partida presupuestaria 322C/
226.06, los gastos correspondientes a los desplazamientos y alojamiento que el equipo
auditor deba realizar a sus centros, y que serán gestionados por la Universidad, con un
importe estimado de 4.720 euros para los cuatro años de vigencia del Convenio, a razón
de 1.180 euros al año, partiendo de una previsión de dos auditorías anuales.
Cuarta.
Protección de datos.
Quinta.
Modificación.
El presente Convenio podrá ser modificado de mutuo acuerdo a solicitud de
cualquiera de las partes y se concretará mediante su oportuna modificación, que será
tramitada para su aprobación conforme al artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
que requerirá aceptación de todos los firmantes, autorización del Ministerio de Hacienda,
así como su posterior inscripción en el Registro Electrónico Estatal de órganos e
Instrumentos de cooperación (REOICO) y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-12938
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se comprometen a guardar y hacer guardar absoluta confidencialidad
sobre la información y documentación que se faciliten en el marco de esta colaboración,
así como a cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos de
carácter personal, y en particular el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo
y del Consejo de 27 de abril de 2016 (en adelante RGPD) así como la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y el resto de normas aplicables.
ANECA no aplicará los datos que le facilite la UNED ni los utilizará con fin distinto al
previsto en este acuerdo, ni los comunicará, siquiera para su conservación, a otras
personas, exceptuando las personas evaluadoras. Asimismo, se compromete a no
realizar ninguna cesión de dichos datos, y observará en todo momento, y en relación con
los datos de carácter personal que le pudieren ser entregados para la realización de los
trabajos de evaluación, el deber de confidencialidad y secreto profesional dispuesto en el
artículo 28.3.b del RGPD así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
conformidad con el cual ANECA garantizará que sus evaluadores que puedan acceder a
dichos datos se comprometan a respetar dicha la confidencialidad.
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92898
La UNED, y de forma específica su Cátedra de Calidad «Ciudad de Tudela», se
compromete a:
– Facilitar el acceso a ANECA, con carácter anual, a toda la documentación
generada en los procesos de auditoría que se hayan llevado a cabo durante ese periodo,
así como de la documentación interna que elabore la propia Cátedra para regular el
proceso de certificación.
– Proporcionar a ANECA un calendario con las auditorías previstas para cada año
natural, con suficiente antelación, de manera que ANECA pueda elegir entre las
programadas aquella que desee sea objeto de auditoría por su parte.
– Facilitar a ANECA la información necesaria de las partes intervinientes en el
proceso (equipo auditor y centro asociado) de manera que ésta pueda elegir el lugar y
las audiencias donde llevará a cabo sus auditorías.
– Así mismo, canalizar el contacto con las partes intervinientes en la auditoría
elegida por ANECA de manera que pueda organizar su propia actividad de auditoría.
– Subsanar todas aquellas cuestiones que desde ANECA se establezcan como
acciones de mejora necesarias, bien en los informes de seguimiento semestrales, bien
en las auditorías periódicas.
– Gestionar los viajes que sea necesario realizar por el equipo auditor de ANECA,
abonando los desplazamientos y alojamiento que correspondan.
Tercera.
Obligaciones económicas.
La UNED abonará con cargo a sus presupuestos, partida presupuestaria 322C/
226.06, los gastos correspondientes a los desplazamientos y alojamiento que el equipo
auditor deba realizar a sus centros, y que serán gestionados por la Universidad, con un
importe estimado de 4.720 euros para los cuatro años de vigencia del Convenio, a razón
de 1.180 euros al año, partiendo de una previsión de dos auditorías anuales.
Cuarta.
Protección de datos.
Quinta.
Modificación.
El presente Convenio podrá ser modificado de mutuo acuerdo a solicitud de
cualquiera de las partes y se concretará mediante su oportuna modificación, que será
tramitada para su aprobación conforme al artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
que requerirá aceptación de todos los firmantes, autorización del Ministerio de Hacienda,
así como su posterior inscripción en el Registro Electrónico Estatal de órganos e
Instrumentos de cooperación (REOICO) y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-12938
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se comprometen a guardar y hacer guardar absoluta confidencialidad
sobre la información y documentación que se faciliten en el marco de esta colaboración,
así como a cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos de
carácter personal, y en particular el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo
y del Consejo de 27 de abril de 2016 (en adelante RGPD) así como la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y el resto de normas aplicables.
ANECA no aplicará los datos que le facilite la UNED ni los utilizará con fin distinto al
previsto en este acuerdo, ni los comunicará, siquiera para su conservación, a otras
personas, exceptuando las personas evaluadoras. Asimismo, se compromete a no
realizar ninguna cesión de dichos datos, y observará en todo momento, y en relación con
los datos de carácter personal que le pudieren ser entregados para la realización de los
trabajos de evaluación, el deber de confidencialidad y secreto profesional dispuesto en el
artículo 28.3.b del RGPD así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
conformidad con el cual ANECA garantizará que sus evaluadores que puedan acceder a
dichos datos se comprometan a respetar dicha la confidencialidad.