III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-12902)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Alcázar de San Juan n.º 2, por la que se suspende la inmatriculación de determinadas fincas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92573
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
12902
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Alcázar de San Juan n.º 2, por la que se
suspende la inmatriculación de determinadas fincas.
En el recurso interpuesto por don R. A. T., en nombre y representación y como
administrador de la sociedad «Inmuebles y Créditos 1964, S.L.», contra la nota de
calificación de la registradora de la Propiedad de Alcázar de San Juan número 2, doña
Eva Leal Colino, por la que se suspende la inmatriculación de determinadas fincas.
Hechos
I
Mediante escritura de constitución de sociedad limitada otorgada el día 15 de enero
de 2021 ante la notaria de Puebla de Almoradiel, doña Rocío Muñoz Lazaga, con el
número 6 de protocolo, se solicitaba la inmatriculación de fincas de naturaleza rústica
sitas en el término municipal de Campo de Criptana. Se acompañaba como título público
previo de adquisición la escritura de protocolización de acuerdos sociales con aumento
de capital social otorgada el día 6 de noviembre de 2015 ante la notaria de Alcázar de
San Juan, doña María Victoria Valiente de Rafael, con el número 1.094 de protocolo.
II
Presentadas dichas escrituras en el Registro de Alcázar de San Juan número 2,
fueron objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación N.º 1463/222.
Alcázar de San Juan, 7 de abril de 2021, en base a los siguientes:
I. El día 12 de marzo de 2021, se presentó –Asiento 1463 Diario 222– escritura de
constitución de sociedad limitada otorgada en Puebla de Almoradiel el día 15 de enero
de 2021, ante la Notario Doña Rocío Muñoz Lazaga, número 6 de su protocolo, para la
inmatriculación de fincas de naturaleza rústica sitas en el término municipal de Campo
de Criptana y la inscripción de la finca registral 46.282 del término de Campo de
Criptana, el mismo documento comprende otras fincas que no pertenecen a este Distrito
Hipotecario.
Se acompaña título público previo de adquisición escritura de protocolización de
acuerdos sociales con aumento de capital social, otorgada en Alcázar de San Juan el 6
de noviembre de 2015, ante la Notario Doña María-Victoria Valiente de Rafael, con
número 1.094 de protocolo.
El día 15 de marzo de 2021, se aporta justificante de liquidación del pago del
impuesto y se solicita el desistimiento de la inscripción de la finca registral 46.282 del
término de Campo de Criptana.
II. En la escritura calificada, debidamente inscrita en el Registro Mercantil se
constituye la sociedad Inmuebles y Créditos 1964 S.L., designando administrador a don
R. A. T.
cve: BOE-A-2021-12902
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92573
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
12902
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Alcázar de San Juan n.º 2, por la que se
suspende la inmatriculación de determinadas fincas.
En el recurso interpuesto por don R. A. T., en nombre y representación y como
administrador de la sociedad «Inmuebles y Créditos 1964, S.L.», contra la nota de
calificación de la registradora de la Propiedad de Alcázar de San Juan número 2, doña
Eva Leal Colino, por la que se suspende la inmatriculación de determinadas fincas.
Hechos
I
Mediante escritura de constitución de sociedad limitada otorgada el día 15 de enero
de 2021 ante la notaria de Puebla de Almoradiel, doña Rocío Muñoz Lazaga, con el
número 6 de protocolo, se solicitaba la inmatriculación de fincas de naturaleza rústica
sitas en el término municipal de Campo de Criptana. Se acompañaba como título público
previo de adquisición la escritura de protocolización de acuerdos sociales con aumento
de capital social otorgada el día 6 de noviembre de 2015 ante la notaria de Alcázar de
San Juan, doña María Victoria Valiente de Rafael, con el número 1.094 de protocolo.
II
Presentadas dichas escrituras en el Registro de Alcázar de San Juan número 2,
fueron objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación N.º 1463/222.
Alcázar de San Juan, 7 de abril de 2021, en base a los siguientes:
I. El día 12 de marzo de 2021, se presentó –Asiento 1463 Diario 222– escritura de
constitución de sociedad limitada otorgada en Puebla de Almoradiel el día 15 de enero
de 2021, ante la Notario Doña Rocío Muñoz Lazaga, número 6 de su protocolo, para la
inmatriculación de fincas de naturaleza rústica sitas en el término municipal de Campo
de Criptana y la inscripción de la finca registral 46.282 del término de Campo de
Criptana, el mismo documento comprende otras fincas que no pertenecen a este Distrito
Hipotecario.
Se acompaña título público previo de adquisición escritura de protocolización de
acuerdos sociales con aumento de capital social, otorgada en Alcázar de San Juan el 6
de noviembre de 2015, ante la Notario Doña María-Victoria Valiente de Rafael, con
número 1.094 de protocolo.
El día 15 de marzo de 2021, se aporta justificante de liquidación del pago del
impuesto y se solicita el desistimiento de la inscripción de la finca registral 46.282 del
término de Campo de Criptana.
II. En la escritura calificada, debidamente inscrita en el Registro Mercantil se
constituye la sociedad Inmuebles y Créditos 1964 S.L., designando administrador a don
R. A. T.
cve: BOE-A-2021-12902
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.