III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-12901)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Jávea n.º 2 a inscribir una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92566
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
12901
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Jávea n.º 2 a inscribir una escritura de
compraventa.
En el recurso interpuesto por don A. B. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Jávea número 2, don Gonzalo Aguilera Anegón, a inscribir una escritura de
compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 26 de febrero de 2021 por el notario de Jávea.
don Juan Luis Millet Sancho, con el número 238 de su protocolo, la entidad «Cap Mirco
S.L.», representada por doña Y. C. S. N., como apoderada de dicha sociedad, vendió a
don A. B. la finca registral número 19.010 del Registro de la Propiedad de Jávea
número 2. En dicha escritura, la parte vendedora manifestaba que la finca transmitida
tenía la consideración de activo esencial de la sociedad y, especialmente, que lo
transmitido superaba el 25% del valor de los activos que figuraban en el último balance
aprobado, incorporándose a la escritura la declaración de la apoderada al respecto.
II
Presentada telemáticamente el mismo día 26 de febrero de 2021 dicha escritura en el
Registro de la Propiedad de Jávea número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación,
que, a continuación, se transcribe respecto del único defecto objeto de impugnación:
«N.º Entrada: 1030.
Asiento y Diario: 231/158.
Notario: Juan Luis Millet Sancho.
N.º Protocolo: 238/2021.
El Registrador que suscribe, previo examen y calificación del documento precedente,
conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 19-bis de la Ley Hipotecaria (redacción
Ley 24/2001, de 27 de diciembre), y en base a los siguientes:
1) El documento precedente otorgado el 26/02/2021, ante el Notario de Jávea Don
Juan Luis Millet Sancho número de protocolo 238/2021, fue presentado en este Registro
de la Propiedad el día 26/02/2021, entrada número 1030 y Asiento de presentación 231
Diario 158. Acreditado el Impuesto mediante su aportación el 17/03/2021.
2) Por la escritura relacionada la mercantil “Cap Mirco SL” representada por Doña
Y. C. S. N., vende la finca de su propiedad registral 19.010 de Jávea, a Don A. B. que
compra con carácter privativo.
cve: BOE-A-2021-12901
Verificable en https://www.boe.es
Hechos:
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92566
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
12901
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Jávea n.º 2 a inscribir una escritura de
compraventa.
En el recurso interpuesto por don A. B. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Jávea número 2, don Gonzalo Aguilera Anegón, a inscribir una escritura de
compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 26 de febrero de 2021 por el notario de Jávea.
don Juan Luis Millet Sancho, con el número 238 de su protocolo, la entidad «Cap Mirco
S.L.», representada por doña Y. C. S. N., como apoderada de dicha sociedad, vendió a
don A. B. la finca registral número 19.010 del Registro de la Propiedad de Jávea
número 2. En dicha escritura, la parte vendedora manifestaba que la finca transmitida
tenía la consideración de activo esencial de la sociedad y, especialmente, que lo
transmitido superaba el 25% del valor de los activos que figuraban en el último balance
aprobado, incorporándose a la escritura la declaración de la apoderada al respecto.
II
Presentada telemáticamente el mismo día 26 de febrero de 2021 dicha escritura en el
Registro de la Propiedad de Jávea número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación,
que, a continuación, se transcribe respecto del único defecto objeto de impugnación:
«N.º Entrada: 1030.
Asiento y Diario: 231/158.
Notario: Juan Luis Millet Sancho.
N.º Protocolo: 238/2021.
El Registrador que suscribe, previo examen y calificación del documento precedente,
conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 19-bis de la Ley Hipotecaria (redacción
Ley 24/2001, de 27 de diciembre), y en base a los siguientes:
1) El documento precedente otorgado el 26/02/2021, ante el Notario de Jávea Don
Juan Luis Millet Sancho número de protocolo 238/2021, fue presentado en este Registro
de la Propiedad el día 26/02/2021, entrada número 1030 y Asiento de presentación 231
Diario 158. Acreditado el Impuesto mediante su aportación el 17/03/2021.
2) Por la escritura relacionada la mercantil “Cap Mirco SL” representada por Doña
Y. C. S. N., vende la finca de su propiedad registral 19.010 de Jávea, a Don A. B. que
compra con carácter privativo.
cve: BOE-A-2021-12901
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Hechos: