III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-12811)
Resolución de 21 de julio de 2021, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la creación de la Cátedra Extraordinaria "Valores Democráticos y de Género".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Jueves 29 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 92078

formación y especialización profesional superior, así como programas de formación
continua, propios o en colaboración, que faciliten la inserción laboral y la mejor
adaptación de los ciudadanos a los cambios que se producen en el mundo profesional.
VII. Que la UCM y el INMUJERES han coincidido en el análisis de la especial
significación y relevancia del conocimiento que tiene entre sus objetivos la defensa de
los valores democráticos, valores que deben incorporar necesariamente una visión de
género.
Formar en valores democráticos para construir democracia y no presuponerla
constituye un ámbito de análisis significativo, esencial para que las relaciones entre
individuos tengan el marco del estado de derecho como base fundamental, desde el
respeto a las instituciones, procurando su desarrollo democrático. Ello implica,
necesariamente, la inclusión de la perspectiva de género y la revisión de la construcción
de la democracia desde la memoria histórica de las mujeres a la actualidad.
Existe una distancia entre la igualdad formal ante la ley y la igualdad efectiva que
debe desaparecer a través de la investigación, la formación y la divulgación de valores
democráticos con perspectiva de género, tanto en el ámbito universitario como fuera de
él. La colaboración institucional es prioritaria para intervenir eficazmente y de manera
integral en la desaparición de las brechas de género, y debe hacerse desde un marco en
el que la sociedad en su conjunto perciba la relación entre democracia e igualdad y no
discriminación, desde una perspectiva interseccional de discriminaciones múltiples.
VIII. Que el presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su Capítulo VI «De los Convenios».
Estableciéndose como tipo de convenio de los recogidos en el artículo 47. 2. a). de la
Ley 40/2015 y en el Reglamento de creación de Cátedras Extraordinarias y otras formas
de colaboración de la UCM y otras instituciones, aprobado por Consejo de Gobierno
(BOUC de 12 de enero de 2016).
IX. Que se atiende a lo establecido en la Ley 40/2015 de 1 de octubre, cumpliendo
con los requisitos de validez y eficacia recogidos en su artículo 48, determinándose,
entre otras cuestiones, que la suscripción de este convenio no supone la cesión de la
titularidad de la competencia, y que su suscripción mejora la eficiencia de la gestión
pública y la utilización conjunta de medios y servicios públicos contribuyendo a la
realización de actividades de utilidad pública.
Igualmente, se establece que los compromisos adquiridos deben ser financieramente
sostenibles, por tanto, para la realización del objeto de este convenio, debe existir crédito
adecuado y suficiente en los presupuestos del periodo del 2021-2024 del Instituto de las
Mujeres, así como la garantía de la capacidad financiera sobre los compromisos
asumidos por la UCM para el mismo periodo 2021-2024.
Así, las aportaciones de ambas partes para los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024
quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en cada uno de
estos años en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Este convenio tiene por objeto la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Valores
Democráticos y de Género» (en adelante la Cátedra), de acuerdo con lo establecido en
el Reglamento de creación de Cátedras Extraordinarias y otras formas de colaboración
(Decreto del Consejo de Gobierno de 15 de diciembre de 2015, BOUC de 12 de enero
de 2016).

cve: BOE-A-2021-12811
Verificable en https://www.boe.es

Ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y
complementarios, deciden unir sus esfuerzos y acuerdan suscribir el presente convenio a
fin de mejorar sus respectivos cometidos, para lo cual formalizan el presente documento
con arreglo a las siguientes