III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-12793)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de pastas, papel y cartón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Jueves 29 de julio de 2021

H.

Sec. III. Pág. 91984

Personal de Custodia y Control.

Este grupo comprende los siguientes puestos:
1) Conserje: es quien tiene bajo sus órdenes, a porteros, ordenanzas, personal de
limpieza, etc., cuidando de la distribución del servicio, y del orden, aseo y limpieza de las
distintas dependencias de la Empresa.
2) Ordenanza: es quien está encargado del reparto de la correspondencia y
documentación interna de la Empresa, copia documentos, los fecha y numera, hace
recados, orienta y atiende a las visitas y realiza cualquier otro tipo de servicio
relacionado con el orden y limpieza de sus dependencias.
3) Portero: es quien tiene a su cuidado la atención y vigilancia de la portería y las
operaciones de báscula, en los casos que no exista pesador, así como la información al
público para hacerle llegar a las distintas dependencias de la Empresa, haciéndose
cargo del teléfono fuera de las horas de oficina, cuando sea necesario.
4) Pesador: es quien efectúa el pesaje de las materias que entran y salen de la
factoría, entrega el oportuno comprobante y lleva el registro general de dichas
operaciones confeccionando los resúmenes correspondientes.
5) Guarda-Jurado o Vigilante-Jurado: es quien tiene encomendadas las funciones
de seguridad y vigilancia dentro del recinto de la Empresas, con sujeción a las
disposiciones legales que regulan dicho cargo a fin de prevenir los daños y perjuicios
que se pudieran ocasionar a las instalaciones o al personal, descubrir a los responsables
y ponerlos a disposición de las autoridades competentes o de sus agentes y haciéndose
cargo, en su caso, del servicio de portería.
6) Guarda o Sereno: es quien realiza bien de día, o de noche, funciones de
vigilancia y custodia de las dependencias de la Empresa, cumpliendo sus deberes con
sujeción a las leyes que regulan el ejercicio de la misión que tiene encomendada y
haciéndose cargo, en su caso, del servicio de portería.
I.

Personal de limpieza y cuidados externos.

Este grupo comprende los siguientes puestos:
1) Limpiador/a: es quien está encargado de la limpieza y buen orden de las
dependencias de la Empresa que tenga asignadas.
2) Jardinero: es quien tiene a su cuidado el mantenimiento de los espacios de
ornamentación de la factoría o centro de trabajo.
J.

Personal de Servicios Sociales.

1) Asistente Social: es quien bajo las órdenes de su superior asume y presta los
servicios de asistencia social en la Empresa y ayuda a resolver las dificultades de orden
social y personal en que se encuentren los miembros de la colectividad.
2) Cocinero: es quien confecciona el menú del Comedor de la Empresa, vigila y
coordina los trabajos de sus ayudantes si los hubiere y efectúa el pedido o la compra de
los materiales que precise para cumplir su cometido.
3) Ayudante de Cocina: es quien, con conocimientos prácticos culinarios, realiza las
operaciones que le encarga el cocinero, vigila la limpieza y buen orden del local y se
ocupa personalmente de la misma, así como de la limpieza de los cubiertos utilizados.
4) Camarero: es quien sirve en el Comedor de la Empresa, prepara las mesas
colocando manteles, cubiertos y condimentos y retira el servicio que se ha utilizado.

cve: BOE-A-2021-12793
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Este grupo comprende los siguientes puestos: