III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2021-12820)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Investigación en Protección de Datos Personales Emilio Aced.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92122
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Agencia
Española de Protección de Datos e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de
promoción», cuya finalidad es la gestión y resolución de la convocatoria. Finalidad basada en
el interés público de la convocatoria y en su solicitud de participación en ella.
Los datos relativos a los ganadores de los premios se publicarán en la web de la AEPD y en
redes sociales. Los datos de los premiados en las modalidades que incluyen prestación
económica serán comunicados a las entidades bancarias con objeto de realizar su abono, a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Intervención General del Estado y al Tribunal
de Cuentas para el control contable.
Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión del
premio y de las reclamaciones que se puedan formular, siendo de aplicación la normativa de
archivos y patrimonio documental español. Los datos de los premiados en las modalidades
que incluyen prestación económica se conservarán conforme a lo dispuesto en la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos,
de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Agencia
Española de Protección de Datos, C/Jorge Juan, 6, 28001 - Madrid o en la dirección de correo
electrónico dpd@aepd.es.
ANEXO 2
Resumen ejecutivo
El resumen ejecutivo tendrá una extensión máxima de dos páginas con letra Arial 11
e interlineado simple, en castellano e inglés, y tendrá los siguientes apartados:
Título
Autores
Resumen el que se describa claramente:
El objetivo/hipótesis del trabajo en el primer párrafo.
El porqué de la investigación o el desarrollo realizado en el segundo párrafo.
El diseño/metodología desarrollados en el tercer párrafo.
Los resultados principales en el cuarto párrafo.
La novedad de dichos resultados o su aplicabilidad en el quinto párrafo.
Las conclusiones en el quinto párrafo.
ANEXO 3
Desarrollo de los criterios de evaluación
La calidad y el ajuste a la convocatoria de la documentación presentada
El título es claramente indicativo del contenido del estudio.
El resumen ejecutivo describe apropiadamente el estudio según lo señalado en el
anexo 2.
El desarrollo, es claro y fácil de entender.
La estructura y redacción del texto es correcta:
– El texto consta de introducción, definición de objetivos/hipótesis, análisis de
antecedentes, descripción de la metodología, desarrollo y conclusiones.
– Existe un índice de contenidos, figuras y tablas.
– Usa lenguaje sencillo, términos claros y directos.
cve: BOE-A-2021-12820
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180
Jueves 29 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 92122
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Agencia
Española de Protección de Datos e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de
promoción», cuya finalidad es la gestión y resolución de la convocatoria. Finalidad basada en
el interés público de la convocatoria y en su solicitud de participación en ella.
Los datos relativos a los ganadores de los premios se publicarán en la web de la AEPD y en
redes sociales. Los datos de los premiados en las modalidades que incluyen prestación
económica serán comunicados a las entidades bancarias con objeto de realizar su abono, a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Intervención General del Estado y al Tribunal
de Cuentas para el control contable.
Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión del
premio y de las reclamaciones que se puedan formular, siendo de aplicación la normativa de
archivos y patrimonio documental español. Los datos de los premiados en las modalidades
que incluyen prestación económica se conservarán conforme a lo dispuesto en la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos,
de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Agencia
Española de Protección de Datos, C/Jorge Juan, 6, 28001 - Madrid o en la dirección de correo
electrónico dpd@aepd.es.
ANEXO 2
Resumen ejecutivo
El resumen ejecutivo tendrá una extensión máxima de dos páginas con letra Arial 11
e interlineado simple, en castellano e inglés, y tendrá los siguientes apartados:
Título
Autores
Resumen el que se describa claramente:
El objetivo/hipótesis del trabajo en el primer párrafo.
El porqué de la investigación o el desarrollo realizado en el segundo párrafo.
El diseño/metodología desarrollados en el tercer párrafo.
Los resultados principales en el cuarto párrafo.
La novedad de dichos resultados o su aplicabilidad en el quinto párrafo.
Las conclusiones en el quinto párrafo.
ANEXO 3
Desarrollo de los criterios de evaluación
La calidad y el ajuste a la convocatoria de la documentación presentada
El título es claramente indicativo del contenido del estudio.
El resumen ejecutivo describe apropiadamente el estudio según lo señalado en el
anexo 2.
El desarrollo, es claro y fácil de entender.
La estructura y redacción del texto es correcta:
– El texto consta de introducción, definición de objetivos/hipótesis, análisis de
antecedentes, descripción de la metodología, desarrollo y conclusiones.
– Existe un índice de contenidos, figuras y tablas.
– Usa lenguaje sencillo, términos claros y directos.
cve: BOE-A-2021-12820
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180