I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2021-12698)
Orden JUS/806/2021, de 22 de julio, por la que se crea una segunda sede electrónica asociada al Ministerio de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Jueves 29 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 91106

los ciudadanos o del Ministerio de Justicia en sus relaciones con éstos por medios
electrónicos, ya existentes en la sede electrónica del Ministerio de Justicia creada
mediante Orden JUS/485/2010, de 25 de febrero, que, por razones técnicas u
organizativas, resulte preciso migrar a la nueva sede electrónica asociada, así como
aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la misma por razones de
eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
2. La sede electrónica asociada dispondrá del contenido y servicios a disposición
de las personas interesadas establecidos por el artículo 11 del Reglamento de actuación
y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
3. Sin perjuicio de lo anterior, la sede electrónica asociada podrá contener:
a) Los nuevos procedimientos y servicios que se pongan a disposición de la
ciudadanía y empresas correspondientes al ámbito competencial de los órganos, centros
directivos y organismos pertenecientes o adscritos al Departamento.
b) Los procedimientos y servicios ya existentes en la sede electrónica del Ministerio
de Justicia creada mediante Orden JUS/485/2010, de 25 de febrero, que, por razones
técnicas u organizativas, resulte preciso migrar a la nueva sede electrónica asociada.
4. Los referidos procedimientos y servicios podrán verse ampliados o modificados,
comunicándose a través de la propia sede electrónica asociada.
5. En todo caso, la sede electrónica asociada creada mediante la presente orden
podrá utilizar los mismos servicios puestos a disposición de la ciudadanía en la sede
electrónica del Ministerio de Justicia creada mediante Orden JUS/485/2010, de 25 de
febrero.
Séptimo.

Medios para la formulación de sugerencias y quejas.

Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas en relación con
el contenido, gestión y servicios ofrecidos en la sede electrónica asociada son los
mismos que se contienen en la sede electrónica del Ministerio de Justicia creada
mediante Orden JUS/485/2010, de 25 de febrero, y se encontrarán plenamente
referenciados desde ésta en los términos previstos por su artículo 7.
Octavo. Adaptación de determinadas características de la sede electrónica asociada.
Podrán adaptarse mediante Resolución de la Subsecretaría de Justicia, publicada en
el «Boletín Oficial del Estado»:

Noveno.

Puesta en funcionamiento de la sede electrónica asociada.

La sede electrónica asociada estará operativa desde el momento en el que esta
orden produzca efectos, salvo que su titular acuerde otra fecha, que en cualquier caso
no podrá superar del plazo de seis meses desde que despliegue sus efectos.
La puesta en funcionamiento de la nueva sede electrónica asociada se anunciará en
la sede electrónica de la Administración General del Estado, como sede del Punto de
Acceso General electrónico (PAGe) de la Administración General del Estado, así como

cve: BOE-A-2021-12698
Verificable en https://www.boe.es

a) La dirección electrónica que figura en la presente orden.
b) La denominación de los centros, organismos y unidades responsables, cuando
deriven de reordenaciones organizativas.
c) La relación y características de los canales de acceso a los servicios disponibles
en la sede electrónica asociada.
d) Cualquier otra característica que no sea de consignación obligatoria conforme a
lo previsto en el artículo 11 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.